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El Superior advierte de que el reglamento de cajas choca con la nueva ley estatal

El tribunal desestima el recurso presentado por Álava por referirse a la anterior legislación

El País

El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ha desestimado el recurso interpuesto por la Diputación de Álava contra tres artículos del decreto del Ejecutivo autónomo que desarrolla la Ley vasca de Cajas de Ahorro. La Diputación presentó un recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior los preceptos que se refieren a la asignación por las comunidades autónomas de los consejeros generales que forman parte de la asamblea de las cajas y al derecho a disponer con antelación de la lista de compromisarios.

El Tribunal Superior rechaza el recurso de la Diputación, ya que considera que la regulación adoptada por el Gobierno vasco entra dentro de la normativa básica estatal de cajas de ahorro que estaba vigente en el momento en el que se presentó la impugnación. Sin embargo, el tribunal también recuerda que la ley estatal fue modificada el 1 de enero de 2004, en lo que considera que fue "una reacción del legislador contra la normativa" de la ley vasca. Esta nueva ley de 2004 no es aplicable al recurso de la Diputación alavesa, por lo que es desestimado. Sin embargo, la propia Sala de lo Contencioso reconoce que "no hay duda" de que la regulación del decreto vasco es contraria a la ley estatal vigente. En cierta forma, invita a plantear un nuevo recurso adaptado a la normativa actual.

El Superior ya anuló, por "vulnerar la autonomía" de las cajas, el artículo del reglamento que regula la intervención del Ejecutivo en el destino de la obra social de estas entidades. La sentencia fue fruto del recurso que presentó el Ayuntamiento de San Sebastián como entidad fundadora de la Kutxa. El recurso se circunscribió al artículo 17, que dejaba en manos del Gobierno marcar las directrices de la obra social.El reglamento de las entidades de ahorro fue problemático desde que se conoció el primer borrador. Pese a que el Gobierno mantuvo contactos y negociaciones con las tres cajas vascas, no logró vencer su reticencias el contenido de la norma, que, a juicio de las entidades, propicia un excesivo intervencionismo por parte del Departamento de Hacienda.

De las tres cajas vascas, solamente la BBK, presidida ya por Xabier de Irala, decidió no presentar un recurso. La Vital, con Pascual Jover aún al frente, y la Kutxa, bajo la dirección de Fernando Spagnolo, presentaron un recurso similar, que se ha acumulado en la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior. El relevo de Spagnolo por Carlos Etxepare en la Kutxa no cambió el criterio de la entidad, pese a las presiones desde el Gobierno.

Tanto ésta como la Vital recurrieron el reglamento por considerar que vulneraba su propia acción e imponía un control excesivo desde la Administración. Entre los preceptos impugnados está la obligatoriedad de solicitar al Gobierno vasco permiso para tomar participaciones en empresas cuando se supere el 5% de los recursos propios o se adquiera el 50% de una sociedad. También recurrieron la necesidad de enviar al Gobierno la propuesta de reparto del beneficios, el proyecto de presupuestos de la obra social y la liquidación del presupuesto del ejercicio precedente.

La Ley vasca de Cajas de Ahorro fue recurrida también por el PP y el PSOE ante el Tribunal Constitucional, que todavía no ha fallado. El motivo de fondo de este recurso es parecido al presentado por la vía contencioso-administrativa ante el TSJPV: los recurrentes consideran que la norma vasca introduce cambios en los órganos de representación de las cajas -la asamblea, de la que sale el consejo de administración- dirigidos a controlar estos órganos de manera inmediata.

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El Superior no hace ninguna valoración sobre la constitucionalidad del reglamento, a la espera del pronunciamiento del Constitucional.

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