Trabajo abre nuevas vías en el padrón para regularizar a más inmigrantes 'sin papeles'
Los ayuntamientos admitirán documentos oficiales para censar extranjeros de forma retroactiva
El Ministerio de Trabajo y los agentes sociales propusieron ayer una fórmula legal denominada "empadronamiento por omisión" para que los Ayuntamientos inscriban en el censo, con carácter retroactivo, a los sin papeles que puedan demostrar con "documentos públicos fehacientes" su estancia en España antes del 7 de agosto de 2004. Esos inmigrantes podrían acogerse así al proceso de normalización que finalizará el 7 de mayo. El Consejo de Empadronamiento, organismo dependiente del INE, ha sido encargado de definir los documentos probatorios que podrán admitir los consistorios.
El INE remitirá en las próximas horas a los Ayuntamientos una propuesta (no una orden) para que éstos inicien las inscripciones retroactivas en el padrón. La directora del organismo, Carmen Alcaide, intentaba ayer por la tarde contactar telefónicamente con los miembros del Consejo de Empadronamiento para acordar los documentos que podrán ser admitidos por los consistorios. Fuentes de la Mesa de Diálogo Social recalcaron que deben ser públicos, y su autenticidad comprobable por la Administración.
El Reglamento de Extranjería exige el certificado de empadronamiento para que los inmigrantes demuestren su residencia en España desde antes del 7 de agosto de 2004 y puedan acogerse al proceso de normalización, en el caso de que cuenten, además, con un contrato de trabajo con alta en la Seguridad Social.
La posibilidad de incluir en el proceso a sin papeles que en esa fecha residían en España pero no se empadronaron fue anunciada el jueves pasado por el ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, Jesús Caldera, quien afirmó que estudiaría con los agentes sociales alternativas al certificado de empadronamiento.
La cuestión fue abordada ayer por la Mesa de Diálogo Social, en la que están presentes el Gobierno (Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales) y los agentes sociales (empresarios y sindicatos). Al final de la reunión, Caldera leyó un documento consensuado que afirma que la Mesa "ha comprobado la existencia de situaciones relacionadas con el empadronamiento que podrían ser solventadas con la aplicación de mecanismos existentes en la normativa, como por ejemplo el empadronamiento por omisión".
"Este medio", prosigue el texto, "permitiría la inscripción en el padrón, en base a la acreditación de la permanencia en España aportando como prueba documentos públicos fehacientes, a los efectos de considerar cumplido el requisito establecido para la autorización de residencia y trabajo en el proceso de normalización".
"Todo ello", precisa el documento, "sobre la base de considerar que el certificado de empadronamiento es requisito imprescindible para acogerse a este proceso. Para que este instrumento pueda ser aplicado de forma homogénea y con suficientes garantías, la Mesa de Diálogo Social acuerda trasladar al Consejo de Empadronamiento estas consideraciones, para que valore su aplicación".
El Consejo de Empadronamiento depende del Instituto Nacional de Estadística (INE). De él forman parte, además del propio INE, la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP), el Ministerio de Administraciones Públicas y el Ministerio de Asuntos Exteriores. Está presidido por la presidenta del INE, y su misión consiste en dirimir las diferencias que pueden surgir en las cifras de población entre este último organismo y los Ayuntamientos.
La figura del "empadronamiento por omisión" o empadronamiento retroactivo aparece recogida en una resolución conjunta emitida el 1 de abril de 1997 por la presidenta del INE y el director general de Cooperación Territorial. Su fin era solucionar el afloramiento de residencias que no habían sido registradas en su momento. Un portavoz del INE lo explica con el siguiente ejemplo: una persona que vivía en Madrid pero no estaba empadronada se traslada a Tenerife y allí se da de alta en el censo. El INE averigua entonces su residencia anterior y procede a su empadronamiento en Madrid con carácter retroactivo.
La resolución de 1997 define las "altas por omisión" de este modo: "Aquellas personas que viviendo habitualmente en el municipio no fueran inscritas en su padrón municipal deberán solicitar su inscripción en el mismo, por omisión" Y añade: "Los Ayuntamientos podrán declarar de oficio la inscripción en el padrón de su municipio, por omisión, de aquellas personas que viviendo habitualmente en el municipio no figuran inscritas en su padrón".
Sin palabras
El ministro de Trabajo, Jesús Caldera, se negó a contestar a las preguntas de los medios de comunicación después de la lectura del documento consensuado con los agentes sociales. No fue una decisión espontánea: los integrantes de la Mesa de Diálogo Social se pusieron de acuerdo para evitar cualquier interpretación del texto, "aunque sea de buena voluntad". Estaban escarmentados con las palabras improvisadas por Caldera el pasado jueves, cuando anunció que estaba estudiando con ellos fórmulas alternativas al empadronamiento, incluso si éstas implicaban la reforma del Reglamento de Extranjería. "Nos enteramos por la prensa", declaró uno de ellos.
Durante la reunión celebrada ayer, empresarios y sindicatos se negaron a mover "una coma" del Reglamento. La fórmula aceptada traslada a los Ayuntamientos la posibilidad de incluir en el proceso a sin papeles a los que algunos consistorios se negaron a empadronar y a otros que no se inscribieron por miedo a que la policía los localizara. Los más beneficiados serán, previsiblemente, los residentes en Andalucía, comunidad en la que pudieron obtener un documento oficial como la tarjeta sanitaria sin tener que inscribirse en el padrón.
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