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Columna
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¿151?, 147

Hace algún tiempo ya que habíamos perdido la confianza en Juan José Ibarretxe. Fiados en que asumiría su condición de presidente de todo, nunca pensamos que fuera tan lejos en una iniciativa no ya partidaria sino personal.

Recuerdo, sí, aún recuerdo cuando quien esto escribe simpatizaba con quienes reclamaban la plena ejecución del Estatuto vigente. Y lo reclamaba a su vez. Puesto que era ley orgánica, debía cumplirse. Y, es cierto, había quien era cicatero al hacerlo desde el gobierno en Madrid. Pero, discrepancias aparte, uno reconoce al nacionalismo de la época esforzado en hacer política; y reconoce a su electorado, su base social o como rayos se llame a quienes participan de esa cultura, satisfechos con lo realizado (¿lo obtenido?). No había demanda de otro marco de relaciones. La demanda, como ocurre con un vulgar producto de mercado, se ha ido creando. Otros tiempos. Quizá le embargue a uno la nostalgia de cuando la política era cosa de adultos.

¿Desencanto? Tal vez. Pero aún nos queda capacidad de sorpresa. O, quizá, exhaustos, son otros quienes son capaces aún de sorprendernos. "Veremos. Esos que tanto apelan a la Constitución si son capaces de respetarla". Es Josu Erkoreka, portavoz del PNV en el Parlamento español. Se refiere al artículo 151.2 de aquélla. Desconozco quién ha sacado el argumento de la manga y me importa poco el extraño circunloquio de Javier Madrazo para apelar a lo mismo. El hecho cierto es que el tema está muy sucintamente regulado en el artículo 147.3 de la Constitución. "La reforma de los Estatutos se ajustará al procedimiento establecido en los mismos y requerirá, en todo caso, la aprobación por las Cortes Generales, mediante ley orgánica". Y a ella se refiere el Estatuto vigente. "Título IV (De la reforma del Estatuto). Artículo 46.1. La reforma del Estatuto se ajustará al siguiente procedimiento: a) La iniciativa corresponderá al Parlamento Vasco, a propuesta de una quinta parte de sus componentes, al Gobierno Vasco o a las Cortes Generales del Estado español. b) La propuesta habrá de ser aprobada por el Parlamento Vasco por mayoría absoluta. c) Requerirá, en todo caso, la aprobación de las Cortes Generales del Estado mediante Ley Orgánica. d) Finalmente, precisará la aprobación de los electores, mediante referéndum. 2. El Gobierno Vasco podrá ser facultado, por delegación expresa del Estado, para convocar los referéndums a que se refiere el presente artículo". En fin, blanco y en botella.

Bueno, pongamos que estábamos acostumbrados. Llamar "acuerdo antiterrorista PSOE-PP" a la voluntad política muy mayoría que parece dibujarse en el Parlamento español (con más diputados vascos contra el plan, por cierto, que a favor). Etcétera. Pero Josu Erkoreka es doctor en Derecho, sabe de esto mucho más que quien escribe. Sabe que el artículo 151.2 ("El procedimiento para la elaboración del estatuto será el siguiente": etc.) está pensado para la elaboración de nuevos estatutos, para iniciativas de creación de nuevas comunidades; pongamos, la CA de León (una vez seguidos los trámites internos de Castilla y León). Y tampoco le importaría a uno que el plan se tratara en comisión. Lo que a uno le impacta es la deriva cínica que se observa en esta nueva generación nacionalista. Uno ha cruzado la mirada con Erkoreka y no se lo imagina con ese desparpajo engañoso. Ni a la portavoz del Gobierno vasco, Miren Azkarate, que, tras la ocurrencia-iluminación del llamado lehendakari de solicitar una entrevista con el presidente del gobierno y el jefe de la oposición, se precipite a acusar a aquéllos de insensibles a las demandas del "pueblo vasco".

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