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El Gobierno andaluz tendrá que indemnizar por la retirada del orujo

El tribunal superior considera que la medida fue "desproporcionada"

Alejandro Bolaños

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha desestimado el recurso de la Junta andaluza contra la sentencia que la condena a indemnizar a la firma Torres Ribelles con 32.428 euros por la confiscación de aceite de orujo en julio de 2001. De este modo, el TSJA confirma el primer fallo a favor del sector, que consideró "desproporcionada" la orden con la que Celia Villalobos (PP), entonces ministra de Sanidad, declaró una alerta alimentaria por la presencia de sustancias tóxicas en el aceite.

Un juzgado de Sevilla consideró, en mayo de 2003, que la incautación de aceite de orujo realizada por la Junta a la empresa Torres Ribelles fue "ilegal" por no haber razonado la "existencia de un riesgo inminente y extraordinario". Según el juez, ese riesgo no se justificó ni en la actuación de la Junta ni en la alarma sanitaria que declaró en julio de 2001 el Ministerio de Sanidad.

Tras la sentencia del año pasado, la Junta dijo mostrarse de acuerdo con el fondo de la sentencia, pero anunció que recurriría al TSJA ya que "se limitó a cumplir una orden" del ministerio. Ayer, la Federación Española de Industrias de Alimentación y Bebidas informó de que el tribunal ha decidido rechazar ese recurso.

El contenido de benzopireno en el aceite de orujo (una sustancia que puede ser tóxica si se ingiere de forma prolongada y en ciertas cantidades) llevó en julio de 2001 a la ministra Villalobos a declarar una alarma sanitaria. Sin embargo, entonces no había norma que fijara los límites de esta sustancia, el nivel era similar al de años anteriores y había negociaciones entre el sector y el Ministerio de Agricultura para cambiar el proceso de elaboración.

La alarma sanitaria supuso un golpe para el sector, formado por medio centenar de empresas cuyas ventas se han reducido a la mitad. Hay al menos una decena más de reclamaciones judiciales por las incautaciones.

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