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LA LUCHA CONTRA EL TERRORISMO

PP y PSOE endurecen los requisitos para excarcelar a etarras ya condenados

El objetivo de la ley es "desmoronar el frente carcelario de ETA", según el ministro de Justicia

Luis R. Aizpeolea

Los etarras ya condenados y encarcelados tendrán que cumplir nuevas condiciones para acceder a la libertad condicional después de que el Gobierno y el PSOE hayan introducido modificaciones al proyecto de ley de cumplimiento íntegro de las penas aprobado por el Consejo de Ministros. La disposición transitoria única, incorporada al texto a última hora, exige a los etarras condenados, además de las condiciones vigentes en la actualidad, una declaración expresa de repudio de sus actividades delictivas y de abandono de la violencia, así como una petición expresa de perdón a las víctimas de su delito.

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Un etarra juzgado por un triple asesinato (90 años de condena) sólo cumple ahora un máximo de 30 años y puede acceder a la libertad condicional si ha extinguido tres cuartas partes de la pena (22 años), se halla en tercer grado, ha observado buena conducta y cuenta con un informe favorable de reinserción social.

Cuando entre en vigor la nueva ley de cumplimiento íntegro, ese etarra que podría acceder a la libertad condicional tras extinguir las tres cuartas partes de la pena deberá cumplir otros requisitos más duros: realizar una declaración expresa de rechazo al terrorismo, pedir perdón a las víctimas y comprometerse a resarcirles por los daños producidos.

Esta aplicación retroactiva de una parte de la ley afectará a los 600 etarras que actualmente están encarcelados.

La retroactividad no se aplicará al resto de la norma, pese a que el Gobierno, según los socialistas, lo intentó en el tramo final de la negociación. Así, a los etarras encarcelados por el Código Penal de 1973 y 1995 no se les aplicará el aumento máximo del cumplimiento de las penas de 30 a 40 años.

Presiones de los socialistas

El PSOE presionó en la negociación para abrir una puerta a la posibilidad de que el terrorista condenado pudiera salir en libertad antes de cumplir los 40 años. Las reformas pactadas permitirán a los que sean condenados y tengan que cumplir la máxima pena (40 años) una vez que entre en vigor la reforma legal, podrán acceder al tercer grado penitenciario cuando lleven cumplidos 32 y podrán lograr la libertad condicional después de 35 años de prisión.

El artículo 9.3 de la Constitucion pone en cuestión la retroactividad de las leyes: "La Constitución garantiza el principio de legalidad, la jerarquía normativa, la publicidad de las normas, la irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales, la seguridad jurídica, la responsabilidad y la interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos".

El ministro de Justicia, José María Michavila, y el diputado socialista Diego López Garrido, catedrátido de Derecho Constitucional, defendieron ayer la constitucionalidad de la reforma legal que habían pactado al señalar que "cubre un vacío jurídico", porque la decisión de acceder a los beneficios penitenciarios quedaba en manos de los jueces de vigilancia penitenciaria con el Código Penal de 1973 y 1995, y ahora están precisadas.

El ministro de Justicia aseguró ayer que la reforma legal pretende "desmoronar el frente carcelario de ETA".

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