"Petición expresa de perdón a las víctimas"
El texto legal pactado por el Gobierno con el PSOE introduce algunos cambios en la norma aprobada por el Consejo de Ministros. La modificación principal afecta a los etarras que cumplen prisión, que quedaban excluídos en el texto original. Una disposición transitoria única incorporada ahora establece que "respecto a las circunstancias para acceder a la concesión de libertad condicional, [la nueva ley] será aplicable a las decisiones que se adopten sobre dichas materias desde su entrada en vigor, con independencia del momento de comisión de los hechos delictivos o de la fecha de la resolución en virtud de la cual se esté cumpliendo la pena". Con este cambio, el etarra ahora preso con una condena por la que tenía que cumplir 30 años podrá salir en libertad condicional a los 22 (tres cuartas partes de la condena) si además de cumplir los requisitos de la vigente ley, atiende a las condiciones de la nueva norma -"declaración expresa de repudio de sus actividades delictivas y de abandono de la violencia, petición expresa de perdón a las víctimas de su delito..."-.
El PSOE impuso otro cambio para permitir que se pueda revisar la máxima pena de los condenados a partir de la entrada en vigor de la ley cuando lleven cumplidos 32 años de cárcel y puedan lograr la libertad condicional a los 35.
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