Más allá de la corrección de un error
La decisión de la Oficina Europea de Patentes era esperada desde que en diciembre de 1999 había concedido la patente 'Aislamiento, selección y propagación de células madre transgénicas animales' a inventores que incluían investigadores de la Universidad de Edimburgo y que se había presentado en 1994. Que la oficina había cometido un error se vio pronto porque la patente parece incluir la posibilidad de producir animales transgénicos y clonarlos en general, sin excluir la especie humana. Mientras en lenguas latinas como el francés el término 'animal' no incluye la especie humana sí ocurre en inglés, con lo que se tendría que haber escrito 'animales no humanos'. La oficina y los inventores aceptaron el error que había merecido una oposición radical de muchos grupos, incluido un voto en contra del Parlamento Europeo. Pero en Europa está previsto que cualquier persona pueda ejercer la oposición a una patente y este derecho lo ejercieron diversos gobiernos y organizaciones. Los argumentos iban más lejos de este error lingüístico.
La decisión revela las dificultades europeas para definir la patentabilidad de las invenciones biológicas
En realidad la decisión de la oficina va en muchos aspectos en la dirección de la opinión formulada el pasado mayo por el Grupo Europeo de Ética, en la que se analizan las condiciones en las que puede otorgarse una patente. En primer lugar ésta debe incluir una descripción inequívoca del producto que se desea patentar, y esto es difícil en líneas celulares que son conjuntos complejos de células. En segundo lugar, la descripción debe permitir que alguien pueda reproducir el método o producto que se patenta, y esto cuando se trata de células no es fácil. Por esta razón se recomienda que se restrinja la amplitud de las patentes y que se cree un sistema de registros y depósitos de las células para poder identificarlas y acceder a ellas si es necesario. Algo parecido se hace con los cultivos de microorganismos. La opinión también se declara en contra de patentar células que no se hayan modificado en el laboratorio y para las que no se haya demostrado una utilidad terapéutica.
Finalmente, por los datos que ofrece el avance de prensa de la Oficina de Patentes parece que ésta ha considerado los principios de que no se puede patentar algo que está prohibido en algún país europeo (no hace mucho se retiró una petición de patente de un producto destinado a usarse en eutanasia) y que la directiva europea excluye de la patentabilidad 'las utilizaciones de embriones humanos con fines industriales y comerciales'. Hay opiniones jurídicas tanto favorables como contrarias a esta interpretación. Piénsese que, mientras tanto, en los Estados Unidos ya hay alguna docena de patentes concedidas y que cubren las células madre embrionarias humanas. Probablemente la decisión de la Oficina de Patentes es otro paso en esta compleja discusión en la que se mezclan aspectos científicos, jurídicos y éticos con intereses comerciales, científicos y de los pacientes. Un ejemplo más de la necesidad de un debate profundo y transparente en el que sepamos cada uno lo que estamos defendiendo y tengamos en cuenta las consecuencias de las decisiones que tomemos.
Pere Puigdomènech es profesor de investigación del CSIC. Miembro del Grupo Europeo de Ética de las Ciencias y las Nuevas Tecnologías
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