El PP decide que ninguna entidad de la Iglesia católica esté sujeta a la ley de asociaciones
Las ONG confesionales no estarán obligadas a aplicar democracia interna ni rendir cuentas
La Iglesia católica es la única organización con nombre propio en la Ley Orgánica del Derecho de Asociación aprobada ayer en la Comisión Constitucional del Congreso. La decisión, a propuesta del PP y apoyada por CiU y el PNV, sorprendió a los comisionados porque el proyecto remitido por el Gobierno a las Cortes no preveía dejar fuera de las exigencias de la nueva ley a las asociaciones católicas con personalidad jurídica civil, sino sólo a 'las iglesias, confesiones religiosas y comunidades religiosas'. El PSOE tacha de inconstitucional la medida.
El derecho de asociación proclamado por el artículo 22 de la Constitución está sujeto a exigencias tan fundamentales como la democracia interna, la transparencia contable o una rendición de cuentas del Gobierno al Parlamento sobre las subvenciones que se facilite a las organizaciones sujetas a la nueva ley. El proyecto original de la norma aprobada ayer en comisión libera de esas ataduras -porque 'se regirán por su legislación específica', dice- de forma genérica 'a los partidos políticos; los sindicatos y las organizaciones empresariales; las iglesias, confesiones y comunidades religiosas; las federaciones deportivas; las asociaciones de consumidores y usuarios, así como cualesquiera otras reguladas por leyes especiales'.
Desde ayer, a instancias del PP, también quedan al margen de esa ley -en este caso con nombre propio y sin la obligación de dotarse de 'legislación específica' alguna- 'las asociaciones de la Iglesia católica que hayan adquirido personalidad jurídica civil de conformidad con lo dispuesto en la ley'. Hasta ahora, esas organizaciones católicas -entre otras, las ONG Cáritas y Manos Unidas-, estaban sujetas 'al ordenamiento del Estado' y debían celebrar una asamblea anual de socios para rendir cuentas de su actividad.
El artículo 1.3 de la Ley Reguladora del Derecho de Asociación les libera de esas y otras muchas ataduras. La enmienda la introdujo el PP, que intentó quitar hierro al asunto con el argumento de que obedecía a exigencias del concordato de 1979 entre España y la Santa Sede. CiU y PNV apoyaron esa tesis.
Pero el portavoz socialista en la Comisión Constitucional , Diego López Garrido, no sólo no compartió esas razones, sino que clamó contra lo que considera una modificación 'de extraordinaria gravedad'. 'El que las asociaciones civiles de la Iglesia católica no estén sometidas a la Ley de Asociaciones origina una doble discriminación: frente a asociaciones laicas, que sí están sometidas y que compiten con las de la Iglesia católica para repartirse las ayudas públicas, y frente a otras congregaciones religiosas no católicas, cuyas asociaciones sí tendrán que someterse a la Ley de Asociaciones. La pretensión del PP no sólo va contra al principio de igualdad, sino también es contraria a los acuerdos de 1979 entre la Santa Sede y España, que obliga a las asociaciones civiles de la Iglesia a sujetarse al ordenamiento del Estado mediante la inscripción en el correspondiente registro', añadió López Garrido.
Un paso atrás
'Sujeción a lo dispuesto en el ordenamiento del Estado', ordena el artículo 1.4 del Acuerdo entre el Estado español y la Santa Sede sobre asuntos jurídicos, de 1979, para las organizaciones civiles de la Iglesia católica, sometidas, también, como todas las demás, a la ley de asociaciones franquista de 1964. La reforma impulsada ahora por el PP, con el apoyo de los democristianos catalanes y vascos, aparece, por tanto, como un paso atrás y justificó que el socialista Diego López Garrido, catedrático de Derecho Constitucional, apelara ayer al fantasma del concordato nacionalcatólico de 1953. Aparte la sublime primera línea del texto legal, -'En el nombre de la Santisima Trinidad'-, aquel concordato proclamaba las intenciones que animaron a 'las Altas Partes contratantes' porque, privilegios aparte, empezó afirmando que los derechos de la Iglesia católica - 'sociedad perfecta', según el artículo II- lo eran por 'Ley Divina'.
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