El Congreso aprueba hoy la Ley de Tráfico que aumenta las causas de retirada del carné
Prohíbe usar el móvil en marcha y obliga a llevar una prenda reflectante para averías en carretera
El pleno del Congreso aprobará hoy la reforma de la Ley de Tráfico, que consagra un repertorio de infracciones muy graves cuya comisión conllevará una multa de hasta 100.000 pesetas y la retirada automática del carné de conducir por un máximo de tres meses. El texto ha sido negociado durante casi ocho meses, de forma que el proyecto inicial de ocho páginas ha engordado hasta las trece. El texto cuenta con el acuerdo global del PP, PSOE y CiU, aunque estos últimos, como el resto de partidos de oposición, mantendrán hoy algunas enmiendas no admitidas.
El primer debate en el pleno del Congreso, allá por el mes de marzo, del texto de reforma de la ley de Tráfico, Circulación de Vehículos de Motor y Seguridad Vial elaborado por el equipo de Jaime Mayor Oreja, supuso la primera derrota parlamentaria del PP en esta legislatura por mor de un tumulto verbal. Desde entonces, el texto ha sido negociado en multitud de ocasiones entre los distintos partidos y los nuevos gestores del Ministerio del Interior llevados por Mariano Rajoy. Finalmente, la reforma fue puesta de largo el 18 de octubre en la ponencia parlamentaria que más reuniones ha celebrado durante este año.
El texto resultante de esta segunda parte, aún pendiente de matizaciones y de su paso por el Senado, proscribe algunas costumbres asentadas en los automovilistas tales como hablar por el móvil, que queda terminantemente prohibido, salvo que el vehículo lleve dispositivos sin manos. No se podrán usar auriculares o cascos ni parar en el arcén. Si recibe una llamada, el conductor tiene dos opciones: o no atenderla o dejar la carretera en un lugar seguro. Aún se estaba negociando anoche la prohibición de llevar de paquete en una moto a menores de 12 años, aunque la tendencia era, por insistencia de CiU, abrir la mano cuando se circule por vías urbanas.
Pero la principal novedad radica en el repertorio de infracciones muy graves, aquéllas que serán sancionadas con multas de entre 50.000 y 100.000 pesetas y la retirada automática del carné de conducir 'por el periodo de hasta tres meses como máximo'. En tal categoría entran la conducción bajo el efecto del alcohol o las drogas, la negativa a un control de alcoholemia, la conducción temeraria, llevar en el coche un 50% más de pasajeros de lo permitido, superar la velocidad máxima en un 50% (siempre que el exceso sea de más de 30 kilómetros por hora), guiar en sentido contrario, las competiciones no autorizadas y, para los profesionales del volante, no respetar los tiempos autorizados de conducción y descanso.
La comisión de una sola de estas infracciones supone la retirada del carné por tres meses, pero los reincidentes pueden quedarse sin carné de por vida. Se denomina infractor reincidente al que en menos de dos años haya cometido dos faltas muy graves. Una tercera supondrá la 'revocación del permiso o licencia de conducir'. Este castigo podrá levantarse y quedarse en tres meses si el automovilista acude con aprovechamiento a 'un curso de reciclaje y sensibilización en un centro autorizado'.
Pero es que, además, los agentes de tráfico podrán inmovilizar los vehículos en todos los casos de infracciones muy graves o de motoristas que vayan 'sin casco homologado', cuando se carezca del seguro obligatorio (pagado y vigente) o se emitan gases, ruidos o humos por encima de los límites reglamentarios.
La ley también incluye novedades como el tener que llevar en el coche una prenda reflectante para que el conductor sea avistado a distancia en caso de que tenga que bajarse del coche por una avería o estrictas pautas de conducta en caso de toparse en la vía con ciclistas.
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