Perder el empleo por cuidar a sus dos bebés
El Servicio Andaluz de Salud no permite volver al trabajo a una madre pese a que el Constitucional le dio la razón
María Pilar Martínez Guirado, de 37 años, que pidió una excedencia para cuidar de sus dos bebés, ha pagado un precio demasiado alto: perder el empleo. Tras la sentencia del Tribunal Constitucional que en julio de 2000 le dio la razón frente a la negativa del Servicio Andaluz de Salud (SAS) a conceder ese tipo de excedencia a una empleada interina, ella creía que había ganado la batalla jurídica.
Pero cuando ha pedido la reincorporación al trabajo, el SAS ha vuelto a invocar su condición de interina y se lo ha denegado. 'Me parece mentira que, a estas alturas, cuando se intenta que la mujer se incorpore al mundo laboral, se nos impongan estas trabas', manifiesta Martínez Guirado desde Ogíjares (Granada).
Martínez Guirado trabajó cinco años y medio como psicóloga interina en el Hospital Comarcal de Baza (Granada). 'En 1996, por el nacimiento de mi segunda hija y la imposibilidad de compatibilizar mi trabajo con mi vida familiar, decidí solicitar la excedencia para el cuidado de hijos menores, una recién nacida y otro de tres años', relata.
Inicialmente concedida la excedencia, fue después denegada, por no ser personal fijo de plantilla. 'Me encontré', explica la mujer, 'en la disyuntiva de tener que elegir cuidar a mis dos hijos pequeños y reincorporarme al trabajo. Me decanté por la primera opción y acudir a los tribunales, con la esperanza de que se me reconocieran mis derechos como trabajadora y como madre'.
El juzgado de lo Social anuló la resolución denegatoria de la excedencia, pero la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía dio la razón al SAS, al avalar un tratamiento legal diferente, justificado en que 'la figura del funcionario interino es distinta de la del que ostenta plaza en propiedad'. La misma Sala del Supremo rechazó el recurso de casación y, finalmente, en julio de 1997 Martínez Guirado pidió el amparo del Tribunal Constitucional, que tres años después le reconoció su derecho 'a la igualdad de trato' y anuló la sentencia, por conculcar el 'derecho a la igualdad y la prohibición de discriminación'.
La sentencia, de la que fue ponente la única mujer del Constitucional, María Emilia Casas, experta en la materia por su condición de catedrática de Derecho del Trabajo, partió de que la excedencia para cuidar hijos es 'un derecho atribuido por el legislador a trabajadores y empleados públicos', entre ellos la recurrente, 'vinculada con la Administración en situación de interinidad por más de cinco años cuando solicitó la excedencia para el cuidado de hijos'. El Tribunal razonó que no se puede 'fundar la denegación de un derecho con trascendencia constitucional exclusivamente en el carácter temporal y en la necesaria y urgente prestación del servicio propia de la situación de interinidad' y recordó que la denegación de esas excedencias perpetúas la discriminación tradicional de la mujer, afectada por hechos como 'la maternidad y la lactancia'.
Con la sentencia, Martínez Guirado pidió la reincorporación, pero el SAS, seis meses después, se la ha denegado. Su director general de Personal y Servicios, Rafael Burgos, entiende que desapareció 'el vínculo laboral', por no haberse incorporado a la plaza, 'una vez transcurrido el periodo de tres años desde el nacimiento del hijo'.
El subdirector de Personal, José Taboada señaló que la mujer 'podrá ser llamada en el futuro, según el número que tenga en la bolsa de interinos'. El abogado de Martínez Guirado, Javier López y García de la Serrana, ha demandado al SAS por despido nulo o improcedente.
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