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Editorial:
Editorial
Es responsabilidad del director, y expresa la opinión del diario sobre asuntos de actualidad nacional o internacional

Falta de equilibrio

La sentencia sobre el reglamento lingüístico de la universidad de Tarragona Rovira i Virgili ha sido recibida con sorprendentes plácemes por todas las partes involucradas, tanto por la institución enjuiciada y por quien la ampara, la Generalitat de Cataluña, como por el grupo que lidera el eurodiputado popular Alejo Vidal-Quadras, que recurrió la normativa.Aunque la estimación parcial de un recurso permite a los políticos resaltar los triunfos y minimizar las derrotas, el juego de las autocomplacencias tiene límites, como ya indica que ambas partes se propongan acudir a instancias judiciales superiores. La principal petición de los recurrentes era la anulación del reglamento por inconstitucional: el juez ni siquiera entra en esa discusión; es más, considera "ajustado a derecho" el desarrollo, muy extensivo, de la controvertida ley catalana de Política Lingüística de 1998, por la cual en la Universidad Rovira i Virgili el idioma catalán debe ser "de uso general y prioritario". Los recurrentes impugnaban el reglamento como tiro por elevación contra esa ley. Han fallado en su primera pretensión.

Pero tampoco el Gobierno de Pujol puede tañer campanas considerando que ha obtenido un "aval" judicial a su política lingüística. La sentencia asume numerosas peticiones concretas de los recurrentes, aunque en general a causa del "exceso reglamentario" y no por inconstitucionalidad; tantas, que el reglamento queda hecho unos zorros. Anula el monolingüismo en la provisión de programas informáticos, en la contratación, en las relaciones con el "dominio" (ámbito) lingüístico catalán, y sobre todo recuerda que, aunque el fomento de la lengua propia entre los docentes sea legítimo, debe mencionarse el del castellano, también oficial.

Para un Gobierno responsable, no parece excelente que un juez dictamine que su Administración (universitaria) vulnera su propia ley autonómica. La sentencia anula numerosos preceptos del reglamento por atentar contra ella, no contra la Constitución. Es la segunda vez que ocurre. La primera fue el decreto de doblaje cinematográfico. El Defensor del Pueblo salvó por los pelos esa ley en la esperanza de que su desarrollo sería prudente y equilibrado. Las dos sentencias dictadas en contra revelan que no ha sido así y que la Generalitat está echando piedras sobre su propio tejado.

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