La juez prohíbe el uso de las bombas del marjal de Pego que lo desecan desde hace tres años
La titular del juzgado que instruye el caso del marjal Pego-Oliva, Esther Rojo, ha prohibido de forma "absoluta" el uso de los grupos de bombeo usados por el Consistorio desde hace tres años para la desecación del marjal y ha encomendado su vigilancia al Servicio de Protección de la Naturaleza de la Guardia Civil (Seprona). En un auto dictado esta semana, la juez permite que las bombas sean usadas para distribuir el agua "única y exclusivamente" en el caso del cultivo del arroz, contemplado en el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales (PORN) del parque natural.
Desde hace más de tres años, el Ayuntamiento de Pego, dirigido por el independiente (antes de Unión Valenciana) Carlos Pascual, deseca día y noche el parque natural del marjal Pego-Oliva mediante unas bombas pagadas por el Consistorio y alimentadas con gasóleo financiado con dinero municipal. Los reiterados autos de la juez que instruye una denuncia de la fiscalía del Medio Ambiente por la destrucción del espacio húmedo no han servido para paralizar la actividad de las bombas. Ahora, el auto establece que corresponderá al gobierno valenciano, en concreto a la Consejería del Medio Ambiente, la regulación "del modo" en que se va a utilizar el agua "así como del caudal preciso".En los fundamentos del auto firmado por la titular del Juzgado número dos de Dénia se indica que funcionan en el parque natural del marjal Pego-Oliva dos grupos de bombeo del agua -en las partidas Estalons y Magraner- "cuya acción provoca la disminución del nivel freático". Por ello la juez atribuye al Seprona la función de comprobar el uso que se hace de las bombas y establece que debe dar cuenta "de inmediato" al juzgado cuando tenga constancia fehaciente de que los grupos de bombeo se están utilizando para desecar el parque, precintándolos si fuese necesario.
La resolución de la juez ha sido dictada tras el análisis de los informes periciales y la comparecencia en el juzgado de sus autores, Eduardo Galante y Andrés Sendra, la semana pasada. Se tienen en cuenta igualmente los artículos 339 del Código Penal, 45 de la Constitución Española y 13 de la Ley de Enjuciamiento Criminal, así como el auto que firmó la misma Esther Rojo el 14 de marzo de 1997 prohibiendo cualquier transformación en el marjal, que han pasado por alto en repetidas ocasiones los agricultores con el respaldo del Ayuntamiento.
Ante esta actitud, el abogado de la Generalitat valenciana había solicitado en el mes de diciembre de 1998 la adopción de nuevas medidas de protección en el parque natural, como el precinto de las bombas extractoras de agua y la supresión de los terraplenes de contención del río Molinell y el río Bullent, también instalados por Pascual para destruir el marjal. El Ministerio Fiscal se pronunció poco después, en el mes de enero, a favor de la petición, que consideró "necesaria y procedente".
El auto constituye así el enésimo aviso al alcade de Pego y a los regantes de este municipio, que se empeñan desde hace años en desecar el humedal para implantar diversos regadíos pese a que está declarado espacio protegido desde enero de 1995. Los autos y órdenes expresas del Consell no han impedido los continuos incendios, aterramientos, desecaciones y cultivos ilícitos en el parque.
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