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La Comisión Europea, condenada por abstenerse de decidir sobre la doble financiación de la TV pública

Xavier Vidal-Folch

La Comisión Europea fue condenada ayer por el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas por no haber adoptado una decisión sobre la doble financiación -vía impuestos y mediante publicidad- de las televisiones públicas en España. La sentencia sólo obliga al Ejecutivo comunitario a adoptar una decisión al respecto con la máxima diligencia.El Tribunal comunitario considera que la Comisión ha incumplido su obligación de decidir, como institución que aplica el derecho de la competencia. Las posibilidades son tres: considerar que las subvenciones públicas son legítimas porque no constituyen ayudas públicas que puedan mermar la competencia; que son admisibles porque, aunque se trata de ayudas, no son incompatibles con el mercado común; o que son incompatibles. En este último caso debería haber abierto un procedimiento. Pero Bruselas ni siquiera concluyó provisionalmente en estos años cuál de las tres posibles soluciones era aplicable.

Queja de Tele 5

La intervención de la Comisión fue solicitada por Gestevisión-Tele 5 mediante una queja formulada en 1992, centrada en las cadenas autonómicas. En noviembre de 1993, Tele 5 presentó una nueva queja, esta vez contra la doble financiación de Televisión Española (TVE). Como Bruselas no actuaba, Tele 5 le requirió en febrero de 1996 a hacerlo. La Comisión respondió que había pedido informaciones complementarias al Gobierno español. Y así quedó dormido el expediente.El Tribunal considera que la Comisión no ha efectuado el necesario examen diligente e imparcial, y que ha sobrepasado todo plazo razonable, al superar los 47 meses desde el requerimienrto. Además de éste, existen litigios similares en otros países de la Unión Europea. En el Reino Unido, contra 24 hours, filial de la cadena pública BBC, que ofrece información continua. En Alemania, contra Phenix y el canal infantil Kinder.

Es un tema políticamente delicado, como dijo ayer el portavoz del comisario de la Competencia, Karel Van Miert, pues los distintos Gobiernos tratan de proteger a las televisiones que controlan. Bruselas ha tratado de escudar su inacción en este hecho; en que, por tanto, se necesita una doctrina válida para todos los casos; y en que un protocolo del nuevo (pero aún no vigente) Tratado de Amsterdam refuerza relativamente la posición de la radiodifusión pública.

La nueva doctrina, que elabora el propio Ejecutivo, debe estar lista para el 19 de octubre, para ser consultada a los Gobiernos. El propósito de la Comisión es evitar las acusaciones de dirigismo. Para ello prevé, aunque a regañadientes, proponer un enfoque muy suave con las televisiones públicas. Y otorgar bastante libertad a los Estados miembros de forma que sean ellos los que definan, aunque dentro de unos límites, si entienden que las televisiones oficiales son o no servicios de interés económico general (el artículo 90/2 los regula con magnanimidad y respeto al derecho de la competencia). Y si se pueden o no acoger al paraguas de la promoción de la cultura (artículo 92/D), lo que permite hacer excepciones con la prohibición de ayudas de Estado.

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