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Una nueva ordenanza municipal prohíbe abrir más minitiendas

Antonio Jiménez Barca

La nueva ordenanza municipal del comercio minorista de alimentación, que se aprobará la próxima semana, prohíbe la instalación en la capital de minitiendas para vender varios productos alimenticios en Madrid.El artículo 28 de la ordenanza establece que "en ningún caso la superficie de venta de los comercios monovalentes [en los que se vende exclusivamente una determinada clase de productos alimenticios] será inferior a 15 metros cuadrados". Para las tiendas polivalentes, que pueden comerciar con varios productos, la superficie mínima será de 40 metros cuadrados.

La proliferación de minitiendas en el casco histórico de Madrid, donde se pueden encontrar frutas, carnes, embutidos, leche, pan y bebidas, no podrá continuar en el futuro desde el momento en que el pleno del Ayuntamiento apruebe la nueva ordenanza. Las minitiendas que actualmente existen podrán seguir ejerciendo su actividad. En su disposición transitoria primera, la norma aclara que los establecimientos que tengan licencia con anterioridad a la fecha de entrada en vigor de la ordenanza no deberán cumplir las novedades que incorpora la misma respecto a la anterior, vigente desde el 22 de marzo de 1991.

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La nueva ordenanza recoge y ordena normas anteriores sobre el comercio minorista e incorpora las últimas exigencias sobre higiene que demandan tanto la Comunidad como el Gobierno central. Regula desde las condiciones de una churrería a las medidas para evitar insectos.

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Churrerías

La nueva ordenanza prohíbe a los tenderos de alimentación fumar o mascar chicle

La ordenanza también regula la estructura y objeto de cada tipo de comercio en la ciudad.Una novedad: las churrerías deberán aislar la zona de ventas del área donde se fríen los churros. El texto se ocupa también de los comercios de nueva factura, como los que venden platos preparados. Las comidas "tendrán que expenderse el mismo día de la preparación". Y a una temperatura determinada: "A 65 grados en el centro del producto", reza el texto.A partir de la entrada en vigor de la nueva norma, se acabó lo de tomar vino en las bodegas, ya que esto "quedará prohibido". También prohíbe la futura ordenanza municipal que se envuelvan los productos alimenticios "en papeles de periódico o en cualquier tipo de papel usado". Se podrá usar, prosigue el texto de la Concejalía de Comercio, "papel nuevo impreso por una cara, siempre y cuando la impresión no entre en contacto con el alimento".

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Sobre la firma

Antonio Jiménez Barca
Es reportero de EL PAÍS y escritor. Fue corresponsal en París, Lisboa y São Paulo. También subdirector de Fin de semana. Ha escrito dos novelas, 'Deudas pendientes' (Premio Novela Negra de Gijón), y 'La botella del náufrago', y un libro de no ficción ('Así fue la dictadura'), firmado junto a su compañero y amigo Pablo Ordaz.

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