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El Gobierno dice que la posición europea sobre TV digital "no puede ser otra" que la suya

La Administración descartó las recomendaciones enviadas por la Comisión

La representación de España ante las Comunidades Europeas distribuyó ayer una extensa nota de prensa en contra de las dudas expresadas por fuentes comunitarias sobre la ley española de televisión digital. Según esa nota, la posición de la Comisión Europea "no puede ser otra" que la de garantizar "sistemas abiertos" como los legalizados en España. Esta afirmación se produce después de que el Ejecutivo orillara las reservas expresadas por el propio comisario de Industria y Telecomunicaciones, Martin Bangemann, al ministro de Fomento, Rafael Arias Salgado, acerca de la norma de televisión digital, que ha sido tramitada y aprobada en España por procedimiento de urgencia.

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La representación de España en Bruselas interpreta que la directiva 95/47 obliga a establecer sistemas para que "todos los televidentes" puedan acceder a "todos los canales de televisión digital". Y de ello deduce que "un sistema y/o un descodificador que no reúna estas características no puede ser autorizado al no garantizar la condición esencial prevista por la directiva, a saber, el necesario carácter abierto del sistema para todos los difusores de televisión digital, de modo que puedan acceder los clientes del operador del sistema de acceso condicional, sin otras restricciones que su propia capacidad".Siempre según la nota, "en ámbito europeo e internacional, el sistema multicrypt [al que da prioridad la ley española] tiene un mayor desarrollo que el simulcrypt [empleado por Canal Satélite Digital]; de ahí que la norma española sólo permita el uso del segundo (simulcrypt) previo pacto y del primero (multicrypt) en todo caso". Afirmaciones difícilmente conciliables con el hecho de que centenares de miles de hogares europeos tengan instalados descodificadores digitales en los que puede utilizarse el sistema simulcrypt de compatibilidad entre plataformas digitales.

En cuanto al procedimiento de homologación y certificación de equipos, la nota de la Administración española reconoce, en cambio, que "la directiva no establece y por consiguiente no impone ningún procedimiento concreto". Pero esa ausencia de norma comunitaria le sirve para afirmar que cada Estado miembro puede establecer el que considere oportuno, dentro de los sistemas europeos de certificación; y que nada obliga a que se indique expresamente cuál de los procedimientos se ha decidido, por lo que se permiten "la de certificación o la de autodeclaración".

La nota española finaliza afirmando que la posición de la Comisión Europea en este asunto "no puede ser otra" que la introducida por el Gobierno español, que garantiza "el establecimiento de sistemas abiertos para impedir el desarrollo de sistemas que propician mercados cautivos e impiden la introducción de la libre competencia que ampara la directiva".

Como puede comprobarse en la transcripción del documento que el comisario Bangemann había enviado al ministro español de Fomento, Rafael Arias Salgado, con sus observaciones a la norma que se preparaba en España, la posición de la Comisión Europea pudiera ser distinta a la sostenida por el Gobierno de Aznar.

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