El Tribunal Constitucional anula parte de la ley hidráulica
El Tribunal Constitucional (TC) ha decidido anular parcialmente la ley reguladora de la Administración Hidráulica de Cataluña, de julio de 1987, por entender que invade las competencias del Estado en esta materia.De acuerdo con una sentencia difundida ayer, el alto tribunal ha declarado inconstitucionales varios apartados de los artículos 35 y 38 de la citada ley, al entender que "no se ajustan al orden constitucional de competencias, en cuanto llevan a la Administración hidráulica catalana a interferir la organización y atribuciones de las confederaciones hidrográficas establecidas por la Ley de Aguas". El Constitucional indica que este hecho es "especialmente patente en lo relativo a la policía de las aguas al transformar la potestad resolutoria de las confederaciones sobre las infracciones leves y menos graves en la mera facultad de resolver recursos administrativos sobre las resoluciones adoptadas por la Administración autonómica".