El reclamo extranjero
En el conglomerado de centros que imparten estudios superiores capítulo aparte merecen las autodenominadas universidaddes extranjeras. El decreto de mínimos de 1991 señala que para poder utilizar la denominación de universidad éstas debían reunir una serie de requisitos mínimos (metros cuadrados por aula; laboratorios; porcentajes de doctores en el claustro docente ... ). La mayor parte de las que funcionan en España utilizan el reclamo de sus centros de origen, europeos y/o norteamericanos. Un reclamo publicitario eficaz que nuclea a un buen número de alumnos (alrededor del millar según los datos facilitados por Círculo de Progreso), que pagan en torno al millón de pesetas pese a que sus títulos (bacichelor, master y doctorados) no tienen validez oficial.
Sus mentores no conceden dernasiada importancia a la falta de homologación. Les basta, dicen, con el reconocimiento que el mercado laboral les otorga, aunque algunos se muestran partidarios de que la Administración educativa española regule el sector con el fin de esclarecer cuáles son en rigor universidades y cuáles únicamente centros privados de master. "A nosotros no nos preocupa la homologación pero sí creemos que debería regularse el mercado porque se nos mete a todos en el mismo saco", dice Almeida Guzmán, responsable de comunicación en la Columbus Euroamerican University instalada en Madrid. "Nuestros títulos los reconoce la Columbus University y el mercado laboral".
Una opinión semejante a la expresada por el padre Sullivan, responsable de la Suffolk University en España. "Estamos iniciando los trámites legales para ser homologados, así que nuestra universidad cumple todos los requisitos. Pero hay muchos que no. Es un problema de política educativa española".
La Secretaría de Estado de Universidades advierte que una vez transferidas las competencias en materia de universidad, el control y aplicación del decreto de mínimos corresponde a las distintas Consejerías de Educación.
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