La justicia obliga al Estado a eximir de visado a una argentina de 88 años
La anciana quiere residir en Madrid junto a su familia
La octogenaria argentina a la que el Tribunal Superior de Justicia eximió de la obligación de obtener un visado cada vez que quisiera regresar con su familia a España puede estar tranquila, por el momento. El recurso del abogado del Estado para que la sentencia fuera suspendida mientras se tramita el recurso de casación ante el Tribunal Supremo ha sido desestimado. La noticia la ha recibido Elvira Villarino de Sarobe, de 88 años, en Argentina, adonde se había trasladado mientras se resolvía su situación.
El largo proceso de la anciana argentina para poder residir en Madrid con su hija, su nieta y su yerno -todos ellos españoles-, se va solucionando por etapas. Tras las sucesivas denegaciones de la delegación del Gobierno de Madrid a la exención de visado solicitada por la octogenaria desde 1991, la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid le dio la razón: anuló sendas resoluciones de dicho órgano de la Administración, al que impuso las costas por "temeridad".Sin embargo, el abogado del Estado recurrió ante el Tribunal Supremo contra dicha sentencia (véase EL PAíS del 8 de septiembre último). El letrado de Villarino, Eduardo-Raúl Viera del Manso, pidió al tribunal sentenciador que, mientras se resuelve dicho recurso, que puede tardar dos o más años, se ejecutara provisionalmente el fallo y la anciana quedara exenta de visado.
El abogado del Estado se opuso a tal ejecución, por considerar, entre otros argumentos, que eximir a la anciana del visado causaría "grave daño al interés público", ya que la argentina de 88 años podría "desarrollar una actividad retribuida en perjuicio de otra persona", con la "consiguiente distorsión para el mercado de trabajo".
Ejecución provisional
La Sección Primera de la mencionada sala del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, presidida por Miguel López-Muñiz e integrada también por los magistrados Fernando Delgado y Diego Córdoba Castroverde, ha acordado desestimar el recurso de súplica interpuesto por el abogado del Estado y confirmar su decisión de que se ejecute la sentencia. Para ello, comunica la resolución a la Delegación del Gobierno de Madrid, a fin de que Villarino sea eximida por el momento de la exigencia de visado para entrar en España. La resolución es recurrible ante el Tribunal Supremo.El Tribunal Superior de Justicia de Madrid razona que los argumentos del abogado del Estado "en nada desvirtuan los razonamientos jurídicos" de la resolución por él impugnada. En dicha resolución se explicaba la procedencia de eximir de visado a la octogenaria argentina para "potenciar y amparar el reagrupamiento familiar", habida cuenta que, por imperativo constitucional, "la protección jurídica de la familia es uno de los principios rectores de nuestra política social, que debe informar la práctica judicial y la actuación de los poderes públicos".
La noticia de la exención provisional del visado no la ha podido recibir la anciana en Madrid, ya que se encuentra en Argentina, a consecuencia de la inseguridad de su situación.
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