Mortadelo en campaña
La Agencia Tributaria espera que su ofensiva sirva para aumentar las denuncias
¿Qué ocurre cuando pides factura y no te la quieren dar? R. M. decidió montar un sistema de aire acondicionado en su casa para lo que solicitó presupuesto a una empresa especializada. Cuando se lo dieron, preguntó si estaba incluido el IVA. La respuesta que recibió no le convenció: "Una mitad, sí, la otra, no". La primera llevaría factura y para la segunda bastaría con un talón al portador y un recibo; en total, unas 300.000 pesetas.R. M. comparte el mensaje que había visto de pasada en los primeros anuncios de Mortadelo y Filemón de que se debe pedir siempre factura, que es mejor para todos por solidaridad, que es la garantía de un trabajo bien hecho... Se concienció y decidió actuar como un ciudadano ejemplar. Lo primero que se le ocurrió es denunciar el caso en una Administración de Hacienda. Presentía que no era una práctica frecuente, pero nunca pensó que fuera a causar un pequeño desconcierto.
El joven funcionario que le atendió no acababa de dar crédito a lo que oía. ¿Una denuncia de alguien que quiere pagar impuestos y no le dejan? ¡Increíble! Jamás se creyó que Mortadelo y Filemón fueran tan persuasivos. No sabía qué salida dar a la denuncia, iba y venía a hacer consultas a sus superiores y, por fin, la solución: "Presente usted un escrito". El ciudadano R. M. tomó buena nota pero salió con una duda más: ¿Servirá para algo?
La Agencia Tributaria asegura que sí y espera que este tipo de denuncias proliferen. Por ello, nada más iniciarse la campaña, la Agencia ha enviado una instrucción a las delegaciones para que se atiendan estas denuncias y se las comuniquen al Instituto Nacional del Consumo.
Desde el punto de vista fiscal, el artículo 103 de la nueva Ley General Tributaria distingue entre la denuncia pública, que no es obligatoria, y los deberes de información que están establecidos, sobre todo, para entidades financieras y empresas. Las denuncias pueden efectuarse por cualquier persona física o jurídica que "tenga capacidad de obrar en el orden tributario" y puede tratar sobre "los hechos o situaciones que conozcan o puedan ser constitutivos de infracciones tributarias o de otro modo puedan tener trascendencia para la gestión de los tributos".
Debe realizarse mediante escrito, para lo que se puede pedir el asesoramiento del funcionario de Hacienda que atiende al público para lo cual, hay que proporcionar cuantos más datos mejor. El nombre del denunciante debe figurar aunque se puede pedir que no conste. La Agencia, en cualquier caso, garantiza la confidencialidad de la fuente de información, aunque insiste en que es mejor que figuren todos los datos. El denunciante no es, en ningún caso, parte del procedimiento; es decir, no ocurre como en los procesos judiciales en los que ambas partes, acusadores y acusados, deben personarse. Tampoco obtiene ningún beneficio económico de la denuncia, aunque mediante ella se descubra un fraude y Hacienda logre cobrar.
El asunto denunciado debe tener, además, cierta importancia. En la Agencia recuerdan que hace unos días les llegó el caso de un contribuyente que fue a hacer una fotocopia compulsada a una notaría por la que le cobraron un IVA de 320 pesetas. Ni corto ni perezoso pedía que actuase un inspector de Hacienda para que comprobara que ese IVA pagado por él realmente se ingresaba en las arcas públicas y no se lo quedaba el notario. Un temor que, por otra parte, es bastante normal experimentar cada vez que se paga este impuesto.
Existe, además, un apartado de Correos, el 993 de Madrid, donde se pueden enviar a la Agencia Tributaria denuncias, quejas...; es decir, todos aquellos asuntos "menores" que no deben llegar a los tribunales "pero que requieren algún tipo de respuesta". Este servicio de reclamaciones o paño de lágrimas apenas recibe unas 200 cartas al año de toda España.
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