El plazo para desgravar las cuentas-vivienda se amplía a cinco años
El proyecto de ley de Presupuestos prevé que el plazo para desgravar las cantidades invertidas en las cuentas-vivienda se amplíe a cinco años en lugar de los cuatro actuales. Con esta medida, la cuenta-vivienda se puede mantener hasta cinco años y, durante ese periodo, se puede desgravar en el impuesto sobre la renta el 15% de las cantidades invertidas. A partir del quinto año hay que comprar el inmueble o devolver las cantidades que se han deducido. Esta posibilidad se contempla para las cuentas abiertas a partir del 1 de enero de 1996 y para las que a esta fecha no hubieran agotado los cuatro años.Para los propietarios de inmuebles que no han podido aplicar la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) y no actualizan las rentas a sus inquilinos se establece un beneficio fiscal. Consiste en una deducción en la cuota del IRPF del 20% de la diferencia resultante entre el alquiler que podría haber cobrado de aplicar la LAU y el que realmente percibe. La aplicación de esta norma tiene efectos desde el 1 de enero de 1995.
Los socios de cooperativas y de sociedades anónimas laborales que hayan percibido de una sola vez el subsidio de desempleo podrán declararlo en el IRPF en los plazos que les hubiera correspondido de haberlo cobrado en los periodos normales.
En cuanto a los impuestos locales, el de actividades económicas se actualiza en un 3,5% con un importe mínimo de las cuotas de 6.210 pesetas. En el de bienes inmuebles se actualizan los valores catastrales en un 3,5%, con algunas excepciones.
El total de gastos fiscales, es decir, lo que el Estado deja de ingresar por deducciones y bonificaciones, asciende a 2,47 billones, el 18,5% de la recaudación por impuestos para 1996.
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