Fondos controlados
LA AUSENCIA de cualquier tipo de control sobre los fondos reservados, tanto respecto de su destino como de su disponibilidad, ha sobrevivido a las fundadas sospechas de que una parte de los mismos sirvió para financiar las actividades criminales de los GAL. Pero no ha podido superar la prueba del escándalo que su puso descubrir que tales fondos -esas partidas presupuestarias libradas para cubrir determinadas necesidades relacionadas con la defensa nacional, la seguridad exterior e interior del Estado y Ia lucha contra la delincuencia organizada- se habían convertido en un filón de enriquecimientos personales y en caja de autoservicio de funcionarios corruptos.El proyecto de ley sobre regulación de los fondos reservados, aprobado en el último Consejo de Ministros, pretende que actuaciones tan vergonzosas en el manejo de esos fondos, como las descubiertas o sospechadas a raíz del caso Roldán, no puedan repetirse en el futuro. Pero, obviamente, no puede constituir una especie de borrón y cuenta, nueva de tales actuaciones ni sirve para saldar las presuntas responsabilidades contraídas por quienes las protagonizaron. Los fondos reservados, si bien faltos de una regulación jurídica adecuada, nunca han estado libres de todo control legal. Desde los años sesenta existe una instrucción de la Intervención General del Estado que obliga a una verificación contable de la disponabilidad de dichos fondos como garantía y prenda de su buen uso. Los administradores que han dispuesto de ellos a su guisa en los últimos años, destinándolos a sobresueldos de altos cargos de Interior, o desconocían esa exigencia legal-administrativa o se la han saltado a la torera. En todo caso son responsables.
El proyecto del Gobierno da la puntilla, en todo caso, a la descabellada e interesada teoría -defendida por algunos prohombres del antiguo equipo de Interior- de que los fondos reservados, por ser tales, debían estar al margen de cualquier control; es decir, que, además de reservados, debían ser incontrolados. Y así habría seguido siendo en la práctica si el descubrimiento de la caso Roldán no se hubiera llevado por delante esa teoría hecha ya realidad.
El Gobierno no actúa en este caso por propia iniciativa, sino por expreso mandato del Parlamento. El Pleno del Congreso del pasado 21 de junio le dio de plazo hasta el 1 de octubre para que presentase un proyecto de ley sobre regulación de los fondos reservados de acuerdo con una propuesta presentada previamente por el Partido Popular. Es ese mandato el que ahora cumplimenta el Gobierno, con dos semanas de retraso, y en conformidad con las directrices marcadas por el Parlamento.
El proyecto de ley articula algunas de las fórmulas posibles para hacer compatible la obligada reserva de esos fondos presupuestarios con las imprescindibles medidas garantizadoras de su control. La novedad más importante es la creación de una comisión parlamentaria específicamente encargada de ese control, ante la que deberán comparecer cada seis meses los tres únicos mi nistros autorizados a disponer de fondos reservados: los de Defensa, Justicia e Interior y Asuntos Exteriores. La fiscalización interior de esas partidas presupuestarias por la Intervención General del Estado y la prohibición de ampliarlas salvo autorización expresa del Congreso cierran la malla jurídica que debería hacer imposible en el futuro las desviaciones del pasado. Este último punto es especialmente relevante. Porque la manipulación de los fondos reservados, en la cuantía que se produjo, fue facilitada por la desenvoltura con que sus administradores los engrosaron con partidas provenientes de otros capítulos presupuestarios.
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