El Tribunal Superior afirma que es constitucional exigir el catalán a los docentes que ejerzan en Cataluña
El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) reconoce que es constitucional la exigencia del conocimiento de la lengua catalana a los profesores que ejerzan la docencia en la escuela pública en dicha comunidad autónoma. La sertencia fechada el pasado 10 de octubre y que se conoció ayer- rechaza que la citada exigencia sea discriminatoria. El origen de la mencionada sentencia es un recurso contencioso administrativo presentado por un centenar de profesores contra un decreto de la Generalitat de 1991 que establecía la obligatoriedad de conocer el catalán para los docentes no universitarios de Cataluña, dependientes del Departamento de Enseñanza.
Los magistrados fundamentan su decisión en la cooficialidad lingüística del catalán y del castellano, derivada de la Constitución y del Estatuto de Autonomía. Y, además, la apoyan en la Ley de Normalización Lingüística, que establece, entre otras consideraciones, el uso del castellano y del catalán en la Administración de la Generalitat. Dicha ley determina asimismo que los profesores han de conocer los dos idiomas.
El TSJC considera que la exigencia del conocimiento del catalán ha de considerarse como una más de las condiciones, méritos o capacidades requeridos para ocupar una plaza de profesor de enseñanza pública en Cataluña. El alto tribunal afirma también que el mencionado conocimiento de la lengua catalana es imprescindible para que un funcionario docente pueda ejercer su trabajo en la Administración autonómica.
Los jueces desestiman también la pretensión de los profesores que ingresaron en el cuerpo antes de la promulgación de la Constitución de 1978 de ser dispensados de conocer el catalán.
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