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De la minifalda de Lérida a Anita Hill

Rosa Rivas

La culpa de que a María José López la agrediera sexualmente su patrón la tenía su minifalda. Iba provocando. Así justificaba el abuso la sentencia dictada en 1989 por la Audiencia de Lérida y contestada de forma abrumadora por la opinión pública y los propios medios jurídicos.Tras la famosa sentencia de la minifalda hubo otras, cada vez menos amables y más categóricas con los agresores. De las 40.000 pesetas de multa al empresario Jaume Lluís Fontanet por acosar a María José, se pasó a la petición de tres millones de pesetas a otro empresario toledano por molestar a una empleada, en mayo de 1993. Tres años de prisión menor pidió el fiscal en 1990 para un empresario alicantino que abusó de su secretaria y que ya contaba con otros delitos en su haber. En junio de 1991, seis mujeres se querellaron contra el ex alcalde del PP en Alboraya (Valencia) José Cabello. Éste negó haberlas acosado. "Sólo quise ser amable y cariñoso" dijo.

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Incluso el Consejo General del Poder Judicial multó en 1992 con 100.000 pesetas a un juez por absolver a un ATS de Alcalá de Henares que vejó a una paciente. También ese año el Colegio de Odontólogos de Santander expedientó a un dentista por las reiteradas acusaciones de tocamientos obscenos a las mujeres atendidas, un juzgado de León condenó por los mismos motivos a 14 meses de prisión menor al director de una clínica privada y una empresa barcelonesa sufrió sanciones por el comportamiento de su gerente.

Y si en todos estos años hubo sentencias es porque las denuncias arreciaron, incluso con el apoyo de los sindicatos. Con él contaron, por ejemplo, las limpiadoras del hospital universitario de Puerto Real (Cádiz) que denunciaron a su jefe en marzo del pasado año. Son cada vez más las empresas españolas que cuentan en su convenio colectivo con una referencia explícita al acoso sexual, y, según el Estatuto de los Trabajadores, el empresario está obligado a adoptar las medidas necesarias para evitarlo.

Según el Instituto de la Mujer, las jóvenes, las divorciadas o separadas, las que acceden por primera vez al trabajo o las que tienen contratos laborales precarios o irregulares son las candidatas habituales a sufrir abusos en su entorno laboral. El perfil del acosador es "un hombre mayor de 40 años, casado y con hijos, con vida familiar monótona, con cargos medios o dueño de la empresa y nivel Cultural medio-bajo".

El caso Clarence Thomas en Estados Unidos en 1991 tuvo una onda expansiva internacional e hizo que numerosas mujeres se atrevieran a denunciar públicamente su problema. Francia es el único país de la Unión Europea donde el acoso sexual está tipificado como delito en el Código Penal.

El acoso sexual existe y Anita Hill no fue la única.

Sobre la firma

Rosa Rivas
Periodista vinculada a EL PAÍS desde 1981. Premio Nacional de Gastronomía 2010. Licenciada en Ciencias de la Información por la Universidad Complutense. Master en Periodismo Audiovisual por Boston University gracias a una Beca Fulbright. Autora del libro 'Felicidad. Carme Ruscalleda'. Ha colaborado con RTVE, Canal +, CBS Boston y FoolMagazine.

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