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El Parlamento Europeo propone un consejero en cada empresa para combatir el acoso sexual

El representante debería tener igual protección que el comité de empresa

El Parlamento Europeo está decidido a líderar una cruzada contra el acoso sexual el trabajo. Los eurodiputados aprobaron ayer una resolución, iniciativa de la diputada de Izquierda Unida Teresa Domingo, que pide a los Estados miembros que obliguen a las empresas a incluir en su reglamento interno medidas de prevención y acompañadas de sanciones para evitar y castigar estas conductas. Propone también la creación de una nueva figura en las empresas: un consejero encargado de combatir estos casos y de proteger tanto a las víctimas de las agresiones como a los testigos.

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El Parlamento Europeo sostiene que el acoso sexual constituye un atentado a la igualdad de oportunidades en materia profesional y es no sólo un agravio contra la dignidad de la persona, sino que acarrea también un descenso de la productividad y un coste suplementario de la gestión del personal.La resolución aprobada ayer por el Pleno en el hemiciclo de Estrasburgo es una iniciativa de la diputada española Teresa Domingo, de Izquierda Unida. El acuerdo, que ha logrado el respaldo de los grandes grupos del Parlamento Europeo, propone que la designación de este consejero sea fruto de un acuerdo entre la dirección de la empresa y los representantes de los trabajadores y que, si fuera necesario, contemplara la colaboración de las inspecciones de trabajo competentes en la materia. En las pequeñas y medianas empresas y en las cooperativas agrarias, donde la figura del consejero tiene menos posibilidades de constituirse debido a la falta de medios, se propone que las funciones sean aseguradas por las corporaciones locales.

Figura femenina

Según la resolución, las mujeres están mejor situadas que los hombres para desempeñar este cargo porque constituyen el mayor número de víctimas de los acosos y, por consiguiente, "son más capaces de desarrollar un clima de confianza y de comprensión mutua". El consejero debería tener las mismas garantías de trabajo que los miembros del comité de empresa para evitar represalias y salvaguardar su independencia.Sus atribuciones no deberían limitarse a las consultas de las víctimas, sino que tendrían que incluir también acciones de prevención, información y sensibilización de los trabajadores sobre las diferentes formas de abuso de autoridad en materia sexual, así como de los medios de recurso, tanto a nivel de empresa como a nivel judicial, según los eurodiputados. La propuesta de la diputada española va acompañada de una detallada descripción de este problema, tanto en las empresas europeas como en las de Estados Unidos y Japón.

Según el informe, el perfil de las personas acosadas en el trabajo se encuentra en evolución. Por ejemplo, ahora empieza a notarse que muchas veces hay acoso sexual sin que haya relaciones de jerarquía entre las personas de una misma empresa o de un mismo servicio. En innumerables ocasiones, el acoso ocurre entre compañeros del mismo nivel jerárquico e incluso "de parte del acosador existe cierto gozo al atacar a una persona que ya tiene poder en la empresa", señala el texto.

Entre los casos más frecuentes, las mujeres que corren mayor riesgo son las divorciadas o separadas, las trabajadoras recién incorporadas al mercado laboral, las mujeres solteras o con contrato de trabajo irregular, las que ocupan un empleo no tradicional o que trabajan en ambientes predominantemente masculinos, las mujeres con minusvalías, las que pertenecen a minorías raciales y las homosexuales.

El acoso puede incluir observaciones sugerentes, flirteos ofensivos, fotografías incitantes en el trabajo, miradas maliciosas o toqueteos innecesarios, señalan los diputados. Según el informe de Teresa Domingo, entre el 15% y el 30% de empleadas sufren tentativas de acoso, lo que tiene también sus incovenientes para la propia empresa, al perjudicar el rendimiento: fruto del acoso es el incremento del absentismo, estrés y disminución de la: productividad y de la motivación.

En el informe se considera la legislación actual "harto insuficiente" además de muy poco unificada. En Japón, por ejemplo, el acoso no está definido legalmente y el empresario no está obligado por ninguna disposición determinada. En Estados Unidos, la definición se basa en la jurisprudencia, se puede recurrir a la jurisdicción civil y el empresario está obligado a adoptar medidas preventivas eficaces.

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