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Cinearte, condenada por sustituir a actores en huelga en un doblaje

El juez considera que la empresa lesionó un derecho, fundamental de los trabajadores

El doblaje de la serie de televisión Santa Bárbara con trabajadores distintos a los que participaban en la huelga indefinida declarada en mayo de 1993 por los sindicatos del sector, supondrá para Cinearte, SA un coste añadido de 1.300.000 pesetas. Ese es el importe de la indemnización fijada por el juez de lo Social para reparar los daños y perjuicios por la lesión infligida al derecho fundamental de huelga.

El origen de este caso fue la huelga legalmente declarada por las asociaciones de actores de doblaje de Cataluña y Madrid, Federación Estatal del Espectáculo de CC OO y Federación Estatal de Comunicación, Espectáculos y Oficios Varios de UGT, que duró desde el 24 de mayo hasta el 1 de septiembre de 1993. El motivo de la huelga fue "la cerrada actitud patronal en la negociación del convenio colectivo estatal del sector". La huelga no fue seguida en Galicia, Andalucía, Comunidad, Valenciana y País Vasco.Cinearte, SA que tenía contratado con Antena 3 Televisión el doblaje de la serie de televisión, Santa Bárbara -de la que ya se llevaban grabados en Madrid 1.064 capítulos-, acudió a unos estudios de Sevilla para doblar dos capítulos con trabajadores de aquella localidad que no estaban en huelga, pero varios trabajadores, desplazados desde Madrid, les convencieron de que no lo hicieran. Más éxito tuvo la iniciativa de Cinearte en La Coruña, en donde los trabajadores de Madrid fracasaron en su intento de disuadir a sus compañeros gallegos.

Varios de los capítulos grabados en La Coruña fueron facturados a Antena 3 TV, que los emitió en julio. Ese mismo mes, los representantes sindicales de los trabajadores demandaron a Cinearte y Antena 3 TV. Entre las alegaciones del letrado Andrés López Rodríguez, figuró la costumbre imperante en este sector laboral de que los actores que inician el doblaje de un personaje sean mantenidos toda la serie.

El juez de lo Social número 11 de Madrid, Enrique Juanes Fraga, en su sentencia -notificada en diciembre último y recurrible ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid-, declara "la nulidad radical de los actos lesivos del derecho de huelga efectuados por Cinearte, SA, al sustituir a trabajadores en huelga por otros ajenos a la empresa" y la condena a indemnizar con 1,3 millones de pesetas. De este importe total, un millón de pesetas se destina a pagar, a partes iguales, los daños morales producidos a la Asociación Profesional de Actores de Doblaje de Madrid (Apadema) y a la federación de UGT, y 300.000 pesetas a reparar a Apadema, por los viajes realizados a Sevilla y La Coruña.66 -

"Conducta abusiva"

El magistrado razona que la utilización directa de los servicios de otros trabajadores ajenos, de los cuales se beneficia facturando luego consecuentemente a Antena 3 TV (. ..), constituye una vulneración del derecho de huelga reconocido en el artículo 28.2 de la Constitución". Recuerda que la ley "considera como infracción muy grave la sustitución de los trabajadores en huelga por otros no vinculados, no ya a la empresa, sino al centro de trabajo", así cómo que los tribunales Supremo y Constitucional han llegado más lejos, "al declarar como conducta abusiva la sustitución de trabajadores manuales por otros del mismo centro, de cualificación superior".La federación de CC OO no obtiene indemnización, ya que en noviembre de 1993 desistió de la demanda, a raíz del acuerdo logrado con la patronal, con posterioridad a la huelga. Por su parte, Antena 3 TV fue absuelta, ya. que se limitó a mantener "una relación comercial con el empresario de los huelguistas", al que requirió para que cumpliera su contrato.

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