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La batalla del aborto dificulta en Budapest un acuerdo sobre la Convención de Bioétíca

Milagros Pérez Oliva

La pretensión de algunos países de trasladar la batalla M aborto al ámbito de la regulación internacional está dificultando la negociación para alcanzar la Convención Internacional sobre Bioética que prepara desde 1990 el Consejo de Europa. La comisión encargada de su elaboración, presidida por el español Octavi Quintana, tenía previsto presentar un texto consensuado en 1993, pero las dificultades por resolver hacen prever que el trabajo concluirá a mediados de 1994. Esta convención tendría, inicialmente, el ámbito propio del Consejo de Europa, pero la pretensión es que pueda ser asumida por otros países y alcanzar el rango de derecho público que tienen la Convención de Ginebra o la de Derechos Humanos.

En el encuentro de comités y expertos de bioética organizado por el Consejo de Europa este fin de semana en Budapest (Hungría) se ha conseguido, de momento, superar una de las dificultades más importantes, la reticencia de muchos de los 26 países que forman parte del Consejo a aceptar la existencia de una regulación surpranacional de carácter vinculante en una materia tan delicada. Especialmente los países escandinavos, que tienen regulaciones muy avanzadas en bioética, temían que la adopción de la convención significara, en aras al consenso, un retroceso en sus planteamientos. Pero la comprobación de que algunas malas prácticas, como el uso de pruebas genéticas con fines discriminatorios o la compraventa de órganos humanos, no pueden evitarse si no es con normas internacionales les ha llevado a aceptar el compromiso de la convención. La convención abarca tanto el ámbito de la investigación científica como el de la práctica médica, y ha sido estructurada en dos partes: una ponencia marco en la que se definen los principios básicos y varios reglamentos adicionales. De momento se han elaborado y existe consenso en lo relativo a do naciones de órganos- con la prohibición total de cualquier comercio del cuerpo humano y también el de investigación científica.

Concepto de vida

La discrepancia fundamental se encuentra ahora en definir los principios generales, pues algunos países pretenden imponer una formulación del concepto de persona y de vida en el apartado relativo a la protección de los embriones, que impediría después la práctica del aborto para quienes firmasen la convención.

"Lo primero que tenemos que hacer es ponernos de acuerdo en la terminología", dijo el diputado socialista Marcelo Palacios. Algunos países, como Holanda -cuyo ministro de Justicia es católico-, Polonia, Irlanda y Malta, están dando una fuerte batalla en este punto. "La discusión es si la persona humana que ampara la convención comienza en el momento de la concepción, a los 14 días de vida del embrión o al nacer", explica Quintana. "Nosotros hemos propuesto que se hable del ser humano en el sentido amplio, sin entrar en concreciones, para que cada país pueda concretar lo que crea conveniente. De lo contrario, será imposible alcanzar un acuerdo", afirma Qintana.

Ya en estos momentos existen diferencias importantes en el trato que las distintas legislaciones nacionales dan a los embriones. Así, mientras la británica permite, por ejemplo, en casos excepcionales y determinados, crear embriones para la investigación, los demás países lo prohíben totalmente y sólo permiten investigar en embriones creados para la procreación que sean inviables, es decir, no nasciturus, sino moriturus.

"En este caso, creo que la solución es regular en la convención la siguiente fórmula: 'En caso de que la legislación nacional permita la investigación sobre embriones, nunca deberá realizarse después de los 14 días de vida del embrión'. Creo que si nos atenemos a esta formulación, el acuerdo es posible y la convención queda abierta, como es nuestra pretensión", explica Quintana.

Algunos países católicos pretenden introducir la aceptación de la cláusula de conciencia para los médicos, mientras otros se oponen, porque consideran que las creencias individuales de los facultativos no deben tener consecuencias sobre terceros.

"La cláusula de conciencia debe regularla cada país en el ámbito de su normativa profesional, y en todo caso, debería garantizarse que pueda ser respetada siempre que no afecte a la salud del paciente, porque hay momentos de emergencia médica en que si el facultativo ejerce la cláusula de conciencia puede causar un daño irreparable a terceros", dice Quintana.

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