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Hacienda autoriza el ingreso bancario de pensiones y nóminas de noviembre, aunque se carezca del NIF

El Ministerio de Economía y Hacienda ha decidido una ampliación parcial de] plazo para la plena entrada en vigor del número de identificación fiscal (NIF). En principio, el plazo para la entrega del NIF en los bancos y cajas termina el sábado, y a partir del lunes no será posible ingresar dinero en una cuenta corriente sin NIF. Desde ayer, esto tiene una excepción: el cobro de pensiones y de nóminas del mes de noviembre, aunque se ingresen en los bancos en los primeros días de diciembre. Como medida adicional, todas las delegaciones de Hacienda abrirán sus puertas durante la mañana del sábado.

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Los trabajadores y los pensionistas podrán recibir por transferencia bancaria sus ingresos del mes de noviembre durante los primeros días de diciembre, aunque aún no hayan presentado el NIF. Hacienda decidió ayer "interpretar que estos ingresos de noviembre pueden percibirse, aunque sea en diciembre, sin el NIF", para evitar perjuicios a los ciudadanos que aún no han recibido este documento de identificación fiscal.Esta "interpretación administrativa del decreto" ha sido comunicada a los bancos, y éstos han aceptado, según fuentes de Hacienda, de buen grado colaborar para que la entrada en vigor del NIF no perjudique a sus clientes. Tras esta decisión, las nóminas y las pensiones que se ingresen por transferencia bancaria durante los primeros días de diciembre no discriminarán entre los ciudadanos que hayan presentado el NIF en su banco y los que todavía no lo hayan hecho. Esta medida de flexibilidad, que intenta evitar tensiones adicionales entre los ciudadanos que no han recibido su NIF, estará acompañada de otras dos con el mismo objetivo.

Colaboración

Los bancos se han comprometido a comunicar a todos aquellos clientes que no hayan presentado el NIF que deben hacerlo a lo largo del mes de diciembre. Adicionalmente se han ofrecido a colaborar con estos clientes y facilitarles la obtención del NIF a través del banco. Esto significa que, a partir de ahora, los ciudadanos que necesiten el NIF y no lo tengan pueden ir a su banco con una fotocopia del DNI, y éste se encargará de negociar con Hacienda el envío de la tarjeta a su domicilio.

A lo largo del próximo mes, Hacienda espera "hacerse una idea de cuánta gente falta aún por recibir el NIF y lo necesita". Hasta ayer había enviado más de 30 millones de tarjetas de identificación fiscal, pero dice desconocer cuántas más serán necesarias. La Administración reitera que muchos ciudadanos han recibido la tarjeta del NIF, aunque no la necesitan. Por ejemplo, los matrimonios que comparten una misma cuenta corriente sólo deben aportar un NIF. En el resto de las cuentas con dos titulares se abre un plazo de revisión para ver si se trata o no de un matrimonio, pues el resto de cuentas con más de un titular deben presentar el NIF de todos ellos.

Tampoco es necesaria la presentación del NIF cuando la cuenta corriente tenga un saldo inferior a las 50.000 pesetas y no haya registrado ningún movimiento en el último año.

El NIF sólo es necesario para abrir una cuenta corriente o ingresar dinero en ella, pero en ningún caso para sacar dinero.

Esta ampliación parcial del plazo para la puesta en vigor del NIF no implica que se anulen los efectos previstos por el decreto para quien no presente este documento. El principal efecto es el bloqueo de la cuenta corriente, y éste puede estar acompañado de una sanción con multas que van desde las 1.000 hasta las 150.000 pesetas.

En enero, además, los bancos se han comprometido a entregar a Hacienda una relación de las personas que tienen abierta una cuenta corriente, pero no han presentado el NIF. Con esa información, Hacienda iniciará las sanciones.

El lunes sólo acaba el plazo para la presentación del NIF en las operaciones con cuentas corrientes. Para el resto de las operaciones que exigen la presentación del NIF, el plazo se cumplió en septiembre. En general, el NIF es necesario para abrir una cuenta corriente o ingresar dinero en ella, pero no para sacar dinero de esa cuenta. Hay que presentarlo para comprar o vender un piso. Los ciudadanos también tendrán que comunicar el NIF cuando contraten un seguro o un plan de pensiones. Como norma ineludible, además, el número de identificación fiscal deberá formar parte de la documentación de todas las operaciones financieras.

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