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Fomento y los sindicatos crean un tribunal de arbitraje para reducir la conflictividad

Fomento del Trabajo, CC OO y UGT han alcanzado un acuerdo de principio en las negociaciones de la Propuesta Sindical Prioritaria (PSP) en Cataluña. El acuerdo contempla la creación de un tribunal laboral de conciliación, mediación y arbitraje con carácter paritario así como diversos pactos en materia de seguridad laboral y formación

El borrador del documento elaborado por patronal y sindicatos hace una valoración muy positiva de esta primera fase negociadora de la concertación en Cataluña, y precisa que las partes firmantes "consideran que este acuerdo es una valiosa contribución a la innovación y modernización de las relaciones laborales, necesaria en una economía y sistema productivo en proceso de mutación y cambio, impulsado por el desarrollo tecnológico y los retos de la realización del Mercado Único Europeo".El texto definitivo se firmará, con toda probabilidad, el próximo día 7 por el presidente de Fomento y vicepresidente de la Confederación Española de Organizaciones Empresariales (CEOE), Alfredo Molinas, y los secretarios generales de CC OO y UGT de Cataluña, Josep Lluís López Bulla y Josep Maria Álvarez, respectivamente.

El objetivo básico del futuro Tribunal Laboral de Conciliación, Mediación y Arbitraje, así como el Cuerpo de Arbitros Provinciales, es el de reducir la conflictividad laboral en aquellos casos en que las partes se encuentran enfrentadas más por aspectos formales que de fondo. Patronal y sindicatos entienden que un tribunal de este tipo evitará las soluciones "salomónicas" que acostumbra a aplicar la Administración en materia de arbitraje y que se llegue al extremo de convocar huelga en numerosos conflictos.

Carácter paritario

La nueva institución, cuyo reglamento se ha de elaborar de forma consensuada en los seis meses siguientes a la firma del acuerdo interprofesional, tendrá carácter paritario. Sus decisiones en materia de conciliación y mediación se podrán aplicar sin expresa individualización de los trabajadores o los empresarios afectados cuando en el convenio colectivo aplicable en cada caso y negociado en el ámbito de Cataluña, se incluya una cláusula en la que las partes negociadoras se sometan expresa y colectivamente a los procedimientos de mediación y arbitraje regulados en el cuerdo de la PSP catalana.Sin embargo, la función de arbitraje "requerirá en cada caso la expresa y manifiesta expresión de la voluntad de trabajadores y empresarios afectados, en virtud de la cual, deberán someterse al juicio imparcial de los árbitros designados al efecto, cuyo laudo arbitral tendrá carácter de obligado cumplimiento". Los mecanismos de solución de los conflictos "se regirán por los principios de gratuidad, rapidez, contradicción e imparcialidad, respetándose en todo caso la legalidad vigente y los principios constitucionales", según el borrador al que ha tenido acceso este diario.

El Acuerdo Interprofesional de Cataluña contempla también pactos en materia de higiene y salud laboral, así como en formación de los trabajadores.

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