Una sentencia declara que el río Guadiana no pasa por sus ojos'
La Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Extremadura (TSJE) ha declarado en una sentencia que los denominados ojos del Guadiana no se incluyen dentro del cauce del río. La sentencia dictada el pasado 8 de mayo por el titular de la sala, José María Crespo, se produjo como consecuencia del recurso interpuesto por varios particulares contra la decisión de la Confederación Hidrográfica del Guadiana que delimitó como de "dominio público" esta zona del río conocida como los Ojos del Guadiana.Los particulares, propietarios de varias fincas colindantes a esta zona del río, entendieron que la decisión de la Confederación no se ajustaba a derecho y que el lugar que delimitó para su cerramiento no era el cauce del río. Según Crespo, la sala realizó varias comprobaciones en el lecho fluvial. para llegar a la conclusión de que la zona cerrada por la Confederación, conocida como los Ojos del Guadiana no es el cauce del río "porque no es el río". La sentencia concluye que la teoría de que el río aparece y, desaparece en los llamados ojos del Guadiana no se corresponde con la realidad, aunque -según Crespo- "los agujeros existen, están numerados y han sido examinados por el tribunal".
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