El peligro de la ambición de poder

P. B. El Kremlin fue consciente de que la ambición de poder podía hacer fracasar el proyecto presidencial, y se avino a unos cuantos compromisos que finalmente tuvieron en cuenta las objeciones de los sectores moderados reticentes. Uno de los compromisos afecta al derecho de veto. El presidente no podrá, tal como estaba previsto en el borrador del instrumento legal, rechazar una ley que haya sido aprobada por el Soviet Supremo de la URSS en segunda vuelta y por dos tercios de los diputados.
Con ello, este órgano formado por 542 diputados, tiene la última palabra en materia legislativa. Antes ésta correspondía al presidente que en caso de divergencia reiterada con el Soviet Supremo, podía convocar el Congreso de Diputados. Otro punto afecta al estado de excepción en un sitio concreto de la URSS, que exige al presidente advertir a la República en cuestión y tener en cuenta. su "petición" o" acuerdo".
En caso de que éstos no existan, el presidente puede no obstante declarar el estado de excepción, pero entonces está obligado a convocar inmediatamente al Soviet Supremo de la URSS que debe aprobar la decisión por dos tercios. Ayer había discusiones de pasillos entre los diputados sobre el significado de la expresión "inmediatarnente". No se han hecho coricesiones en el Consejo Presidencial, un organismo asesor cuyos miembros son elegidos por el propio presidente, con excepción del jefe del Gobierno.
El Consejo Presidencial asume las funciones del Consejo de Defensa, un organisnio secreto que hasta ahora estaba adscrito al cargo de secretario gerieral del partíldo. El consejo de defensa desaparece de hecho, y sus funciones quedan así transferidas a un organismo que está en la línea del Estado y no del partido.
El proyecto presidencialista deja abierta la posibilidad de que las repúblicas elijan también sus presidentes o tengan órganos de poder dístintos a los tradicionales soviets suprernos que eran una réplica del de la URSS.
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