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La Generalitat es competente para estimar españolas las coproducciones

El Tribunal Constitucional ha declarado que corresponde a la Generalitat la atribución de la nacionalidad española a las películas producidas en régimen de coproducción hispano-extranjera en el ámbito de Cataluña. El pleno del alto tribunal resuelve así a favor de la Generalitat el conflicto planteado con el Gobierno central, que estableció, por una orden de 26 de septiembre de 1984, que tal competencia corresponde a la Dirección General de Cinematografía.La sentencia del Tribunal Constitucional, de la que ha sido ponente el magistrado Carlos de la Vega Benayas, razona que no se trata de atribución de nacionalidad en sentido jurídico estricto, sino de concesión de "un tratamiento más favorable para las películas coproducidas". En concreto, la posibilidad de acceder a diversas subvenciones y al régimen de cuota de pantalla y distribución, medidas todas ellas de "fomento del cine español".

Frente a la argumentación del abogado del Estado que reclamó la competencia para la Administración central, "por implicar eventualmente la aplicación de tratados internacionales", el alto tribunal entiende que tal interpretación es incompatible "con el sentido general de la distribución competencial diseñada por la Constitución española y los estatutos de autonomía'.

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