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Los técnicos navales acusan a la Marina Mercante de impedirles firmar proyectos

, La organización colegial de los ingenieros técnicos navales acusa a la Dirección General de la Marina Mercante (DGMM) de actuar ilegalmente al rechazar los proyectos de construcción de barcos firmados por ellos, mientras que la DGMM alega que cumple con ello una orden del Ministerio de Transportes que se apoya en un dictamen del consejo de Estado. La ley de Atribuciones, de 1986, reconoce a los arquitectos e ingenieros técnicos la capacidad de firmar, dentro de su especialidad.

Los arquitectos e ingenieros superiores, y los estudiantes de estas escuelas, se movilizaron contra la ley a su paso por el Parlamento, por considerar que reconoce a los ingenieros técnicos atribuciones que hasta entonces ejercían ellos en exclusiva.Una vez aprobada la ley, el ministerio de Transportes desestimó en julio de 1988 un recurso del Colegio de Ingenieros Navales contra un proyecto para un barco pesquero firmado por un técnico; poco después, el nuevo ministro José Barrionuevo, remitió el expediente al Consejo de Estado, que dio la razón a los ingenieros superiores.

Rafael Lobeto, director general de la Marina Mercante, asegura que no tiene "ninguna posición personal" sobre este asunto. "Al tomar posesión, en enero de 1989, me encontré con un oficio del subsecretario de Transportes con instrucciones basadas en el dictamen, que nosotros tenemos que cumplir". El oficio ordena que se suspenda la tramitación de los proyectos suscritos por los ingenieros técnicos, y se exija en el futuro la firma de un "técnico competente".

Desde primeros de año, la Inspección General de Buques (IGB), cuyo titular es Francisco Zapata, devuelve a los armadores los proyectos firmados por técnicos navales. "Ellos nos lo comunican, y nosotros perdemos el cliente", dice Miguel Gutiérrez, decano del Colegio de Ingenieros Técnicos Navales (CITN).

Situación desigual

El problema no es el mismo para otros ingenieros técnicos. Según la información que maneja INITE (Instituto Nacional de Ingenieros Técnicos de, Españas), los Industriales, Aeronáuticos, y de Minas, entre otros, han accedido a las atribuciones que la ley les reconoce y que el Tribunal Supremo ha respaldado.

La ley afirma que los ingenieros y arquitectos técnicos tienen plena capacidad para redactar, firmar y dirigir proyectos "siempre que queden comprendidos por su naturaleza y características en la técnica propia de cada titulación". Y el artículo 49 dice que, cuando la actividad abarque más de una especialidad "se exigirá la intervención del titulado en la especialidad que ( ... ) resulte prevalente sobre las demás. Si ninguna de las especialidades fuera prevalente sobre las demás, se exigirá la intervención de tantos titulados cuantas fuesen las especialidades, correspondiendo entonces la responsabilidad a todos los intervinientes".

"Nuestra carrera" dice Miguel Gutiérrez, "tiene actualmente dos especialidades, Armamento (máquinas y servicios) y Estructuras (casco). Para construir, por ejemplo, un pesquero, la especialidad prevalente sería la de Estructuras; en otros casos tendrían que firmar dos técnicos, o uno que tenga las dos". Sin embargo, el dictamen, que no es vinculante, interpreta que los técnicos pueden firmar el proyecto del casco, o de las máquinas, pero nunca el del barco entero.

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