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La acusación del 'rififí' culpa a la Administración por no revisar la seguridad del banco

Tres de los seis abogados de la acusación particular del rififí del Banco Hispano Americano de Barcelona coincidieron ayer en afirmar que la "desidia" demostrada por la Administración al no controlar las medidas de seguridad de la oficina bancaria propició el asalto a la misma en agosto de 1985. Por su parte, el fiscal José María Romero de Tejada calificó de "benévolas" las penas solicitadas por él mismo para los acusados.

Según los informes de los abogados de la acusación Joan Castelló, Ramón Solé Mallol y Julián Padilla, la Administración tenía que haber inspeccionado las medidas de seguridad de la sucursal del Hispano de la calle Fontanella, cuyos dispositivos de alarma fueron calificados de obsoletos por el perito judicial.Los abogados consideran que el real decreto del 4 de julio de 1984, sobre medidas de seguridad en entidades públicas y privadas, otorga al Gobierno Civil competencias para hacer cumplir la nueva ley, y que la "obligada" inspección gobernativa "hubiera evitado el atraco".

Solé Mallol explicó que, en fecha 12 de julio de 1979, el Gobierno Civil concedió a la sucursal la exención de tenencia de vigilantes jurados, tras haber inspeccionado el establecimiento. La segunda inspección se realizó el 26 de agosto de 1985, 11 días después del asalto que reportó a los atracadores un botín de unos 6.000 millones.

La acusación desveló ayer la existencia en el expediente de juicio de un mismo documento con dos versiones distintas. Se trata del acta favorable a la exención de vigilantes jurados en la entidad bancaria, emitida por la Jefatura Superior de Policía. El abogado Julián Padilla, teniente coronel del Ejército y responsable de la Sala durante el juicio por el 23-F, que defiende en el proceso los intereses de sus familiares, habló de "falta de control de la seguridad obligatoria", haciendo referencia a la legislación vigente.

El fiscal José María Romero de Tejada reconoció que las penas solicitadas por él -seis años, la máxima- son "benévolas habida cuenta de los perjudicados por el atraco y la gran cuantía del botín".

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