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TRIBUNALES

Hacienda pedirá que se procese a los responsables de Prodiecu por un delito fiscal

El Ministerio de Hacienda solicitará el procesamiento por un presunto delito fiscal de los principales responsables de¡ sorteo no autorizado denominado cupón del minusválido, que organiza en toda España la sociedad Prodiecu. Para ello, el abogado del Estado ha comparecido, en calidad de acusador particular, en la causa por un supuesto delito de contrabando que se sigue contra la mencionada sociedad en el Juzgado de Instrucción número 18 de Barcelona. En medios judiciales se atribuye a Prodiecu unos beneficios netos de casi 20.000 millones de pesetas desde que lanzó su cupón, en 1985.

El sumario contra Andrés Rodríguez Rodríguez, creador y principal responsable de Prodiecu, y otros seis accionistas y altos cargos de la sociedad se inició en septiembre de 1985 con la presentación por parte de la Organización Nacional de Ciegos (ONCE) de una querella por los presuntos delitos de estafa, falsedad e infracción de los derechos de propiedad industrial y derechos de autor. Sin embargo, ninguno de esos supuestos delitos aparece en el auto de procesamiento dictado siete meses después, en abril de 1986, por el entonces titular del Juzgado de Instrucción número 18 de Barcelona Francisco Martínez Cibiano.Este juez consideró que los hechos imputados a Andrés Rodríguez y Jorge Banús March, gerente y accionista mayoritario de la sociedad, podían ser constitutivos de un delito de contrabando previsto y penado en la ley orgánica 7/82, de 13 de julio, por la que se modificó la legislación vigente en materia de contrabando, y en la disposición adicional 18 de la ley de Presupuestos Generales del Estado para 1986. Esta norma prohíbe "la circulación, comercio, tenencia o producción de billetes, boletos, sellos o cartones que constituyan soporte en la práctica de juegos de azar, sorteos y loterías que no hayan sido debidamente autorizados". Rodríguez y Banús fueron detenidos y puestos en libertad tras abonar una fianza de tres millones de pesetas cada uno.

En el recurso contra el procesamiento, que fue desestimado por el juez, se señala que la disposición invocada es "inconstitucional", ya que carece del rango necesario -se trata de una ley ordinaria- para imponer penas privativas de libertad, que sólo pueden establecerse a través de una ley orgánica. El juez también desestimó el recurso contra la ampliación del auto de procesamiento contra otras cinco personas vinculadas a Prodiecu: Dionisio Sanz Soria (inspector de l'Hospitalet, en Barcelona), Antonio José Cardona López (delegado de Barcelona), Juan Luis Feria Gallego (director administrativo de Tarragona), José del Ojo García y Antonio Santiago Navarro (estos dos últimos delegados en Granada).

Beneficios millonarios

Según fuentes judiciales, de los documentos que figuran en el sumario se desprende que los beneficios netos obtenidos por la sociedad con la venta del cupón tal vez superan los 20.000 millones de pesetas, de los que sólo entre un 5% y un 10% se destinan a la ayuda y promoción de los disminuidos físicos, fin con el que Prodiecu justifica su actividad y exige que le sea concedida la autorización correspondiente.El resto de los beneficios, unos 18.000 millones de pesetas según ese cálculo, permanece, según fuentes judiciales, "en paradero desconocido".

La intervención ahora del abogado del Estado, en representación de la Hacienda pública, compareciendo en la causa como acusador particular, se ha producido "siguiendo instrucciones de la Dirección General del Servicio Jurídico [dependiente del Ministerio de Justicia]", informó Manuel José Silva, jefe de la Abogacía del Estado en Barcelona. La petición de procesamiento por un presunto delito fiscal de los implicados en el sumario se basará en la supuesta defraudación al Estado de las cantidades que este habría tenido que percibir en concepto de tasa del juego si el cupón de Prodiecu hubiera sido autorizado.

La incoación del sumario no ha resultado un obstáculo para las actividades de Prodiecu. El mandato judicial, contenido en el auto de procesamiento, que ordena "la intervención de los bienes y efectos que constituyen el objeto del delito, así como de los materiales, instrumentos y maquinaria empleada en la fabricación de los cupones", no ha surtido ningún efecto, como se desprende de la gran expansión posterior experimentada por la empresa.

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