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101 años

El Convenio Internacional de Berna, a través del cual se regulan y protegen internacionalmente los derechos de autor y al que se encuentra adherido España, tiene 101 años.

Sin embargo, este convenio internacional es un texto jurídico prácticamente desconocido por la judicatura española, como lo demuestra la sentencia dictada por la Sala Segunda del Tribunal Supremo.

El Convenio Internacional de Berna establece entre otras medidas la protección de los derechos de autor de las obras, aunque estas no se encuentren inscritas en el registro de la propiedad. La nueva ley de Derechos de la Propiedad Intelectual, recientemente aprobada por el Congreso y pendiente de discusión en el Senado, recoge el espíritu emanado de la Convención de Berna.

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La vigencia de los derechos de autor en España es de 80 años, a contar a partir de la muerte del autor, que se reducen a 60 en el proyecto de Ley de la Propiedad Intelectual. La Convención de Berna establece un mínimo de 50 años.

En opinión de los juristas, los magistrados del Supremo han cometido en su sentencia un segundo error al aplicar en este caso una legislación británica superada por una disposición posterior, en la que se amplía a 50 años, y no a 25 como se dice en la sentencia, el período durante el cual los descendientes podrán disfrutar de los derechos de autor de una obra.

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