Los cazadores del dominio público
La reducción del plazo en la sucesión de los derechos de autor prevista por la reforma de la ley de Propiedad Intelectual favorece una tendencia que ha cambiado notablemente el mercado de la obra literaria en el teatro, el cine y la televisión: fortalece a los intermediarios o adaptadores. Poderosos hoy en la producción, han ido desplazando a los autores vivos y modificando la integridad de las obras de este patrimonio hacia su propia concepción del espectáculo y su beneficio.La idea de dominio público supone que las obras que pasan a él no devengan derechos de autor; forman parte de un patrimonio nacional y sus ediciones o representaciones se abaratan en beneficio de lectores, oyentes o espectadores. Es una anomalía en un país donde los derechos de sucesión material están sacralizados a la espera de una nueva ley; no se entiende bien por qué los poseedores de bienes tangibles pueden transmitírselos a sus descendientes, siglo tras siglo, y los intelectuales tienen un plazo de extinción cada vez más breve.
En la realidad no es así. Dominio público supone, actualmente, que cualquiera puede tomar una obra del acervo literario y realizar sobre ella las modificaciones que considere convenientes, bien para adaptarla a un medio no existente en la época en que fue escrita o para el que no fue pensada (radio, cine, televisión), bien dentro del mismo medio (de teatro a teatro, por ejemplo). En ese caso, el adaptador cobrará los derechos de autor, con lo cual los beneficios supuestos para el pueblo desaparecen al mismo tiempo que los de los herederos. Con éstos aún en posesión de los. derechos, son ellos los que cobran (al menos, una parte ), pero también conservan lacapacidad de hacer o aceptar o denegar las modificaciones del original., No hay ninguna seguridad de que los sucesores tengan esa capacidad artística.
En los últimos años ha crecido el número de intermediarios, y ha llegado a crearse un verdadero circuito cerrado de propiedad de los medios artísticos. En el origen está la aparición de la técnica y la división del trabajo; los especialistas o profesionales de las nuevas artes o de la incorporación tecnológica a las antiguas, como el teatro; los directores,. los dramaturgos, los escenógrafos- requieren su mediación para dar a la vieja obra el nuevo aspecto. Hay intermediarios de gran calidad artística y otros que son meros piratas, predadores o destructores; simplemente, arrogantes o vanidosos capaces de creer que pueden mejorar el original. La ley no exige el respeto artístico a la obra escrita de la forma en que se garantiza sobre otras de apariencia, material (edificios, pinturas, zonas naturales). No hay ningún organismo que apruebe la adaptación o la rechace. Tampoco parece viable.Desde el momento en que los circuitos de producción han ido siendo ocupados por estos intermediarios, se prefieren las obras del pasado, que les dejan el cobro de los derechos al mismo tiempo que la libertad para introducir las modificaciones que las antes que las de escritores vivos o con herederos activos. Esto supone sobre todo en el teatro y en la televisión, un apartamiento considerable de aportaciones nuevas, o de análisis vivos del presente grave para una sociedad que necesita perentoriamente de esos análisis o de ese juego de espejos literarios. Puede, al mismo tiempo, apartar al público que se desinteresa (salvo en los casos de gran calidad), y esa economía deficitaria se cubre con subvenciones o mece nazgos que amparan a las mis mas personas o allegadas que producen la obra recompuesta. Así, la apariencia de una protección superior a la culturada los resultados inversos: una descomposición, y a veces alteración grave, de la obra original y una muralla a la creación actual. La reducción del plazo en que una obra es crita pasa a dominio público aumentará -cuando comience a cumplirse- el capital de los cazadores de derechos de otros y la negacíón de la actualidad a las obras literarias".
Babelia
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