'Diario de Sesiones de las Cortes Generales y Extraordinarias'
Leida segun costumbre el Acta del día anterior, se pasó á la ceremonia de jurar la Constitucion, á cuyo fin uno de los Sres. Secretarios se colocó en la tribuna y dijo: "¿Juráis guardar la Constitucion política de la Monarquía española que estas Córtes generales y extraordinarias han decretado y sancionado?" Y principiando el Sr. Presidente, puso la mano sobre los Santos Evangelios, diciendo en alta voz: "Sí juro."La misma ceremonia repitieron de dos en dos los señores Diputados; hecho lo cual, dijo el mismo Sr. Secretario: "Si así lo hiciéreis, Dios os lo premie, y si no os lo demande."
Presentóse en seguida la Regencia del Reino, precedida de la diputación del Congreso nombrada en la sesion del 17, y acompañada de una numerosa comitiva de grandes, embajadores, generales nacionales y extranjeros, y otras personas de la primera distincion; y habiéndose colocado en el sólio, donde le aguardaba el Sr. Presidente de las Córtes, bajaron todos poco despues, y ocupando el mismo Sr. Presidente su asiento ordinario, prestaron los indivíduos de la Regencia de dos en dos el juramento de obediencia á la Constitucion con arreglo á lo acordado en la sesion del 11 del corriente.
Vueltos al sólio, pronunció el Sr. Presidente del Congreso el siguiente discurso:
"Congregadas estas Córtes generales y extraordinarias despues de vencido el inmenso cúmulo de obstáculos que ofrecia la triste situacion de la Pátria, se dedicaron con particular esmero á formar la Constitucion política de la Monarquía española, y al cabo de grandes fatigas y tareas, tuvieron la satisfaccion de sancionarla en la forma que se leyó ayer en sesion pública, y ha visto la Regencia del reino por el original firmado que se le remitió en el mismo dia, y siéndole tanto más satisfactorio al Congreso el haber podido concluir sus trabajos para firmarla ayer y hacer hoy la jura y publicacion, cuanto que ambos son dias muy señalados, por haberse roto en ellos las cadenas de la esclavitud, y concurrir además en el presente al aniversario de la exaltacion al Trono de nuestro adorado Rey el Sr. D. Fernando VII. En esta gran Carta se halla asegurado del modo más firme el ejercicio de la religion católica apostólica romana, única verdadera, y prohibido el uso de cualquiera otra; se han marcado y puesto en salvo los derechos imprescriptibles de la Nacion y de todos los españoles de ambos mundos; se ha continuado el gobierno monárquico en la persona del mismo Sr. Rey D. Fernando VII de Borbon y sus legítimos sucesores, y por último, se han adoptado las precauciones oportunas para evitar á la Nacion y á todos los indivíduos que forman esta gran sociedad el verse otra vez sumergidos en las tristes desgracias á que los ha conducido la arbitrariedad y tiranía. Puesta en ejecucion esta ley fundamental, la religion y sus ministros serán respetados; el Rey gozará de los derechos que le competen como Monarca; la Nacion conservará ilesos los suyos, y ningun español podrá jamás ser atropellado en su persona ni propiedades. Pero como las mejores leyes sean inútiles si no se procura su exacta observancia, yo, á nombre del Congreso y de la Nacion entera que se halla representada en estas Córtes, encargo muy estrechamente la ejecucion de la presente á la Regencia del Reino, á la cual incumbe hacerla cumplir y ejecutar á todas las personas y autoridades; y no solo se halla comprometida de un modo especial á realizarlo, porque su autoridad depende de la misma Constitucion, sino porque siendo propio del Poder ejecutivo el hacer observar sus leyes, lo es mucho más el no disimular la menor inobservancia en las fundamentales.
La Regencia, que acaba de jurar la Constitucion, estoy bien persuadido de que se halla penetrada de estos mismos sentimientos; y aunque el Congreso no tiene el más mínimo motivo de dudar del celo de un Gobierno que. él mismo ha creado, y que le ha merecido y merece tanta confianza, no puede prescindir de recordarle que en sus manos queda encomendada la felicidad de la Nacion, y que el paso que esta bendecirá y eternizará los nombres de los Regentes si no cometen ni permiten la menor infraccion en esta benéfica ley, les exigirá la más estrecha responsabilidad en el no esperado caso de faltar á un deber tan sagrado que les impo-
nen Dios y la Pátria. Esperan, pues, las Córtes del honor, celo y energía de los individuos que componen la Regencia del Reino, cuyas cualidades tienen tan acreditadas, que no olvidando jamás esta terrible alternativa, serán los más fieles celadores de la observancia de la Constitucion, y que se harán por este medio muy acreedores á la gratitud nacional, y dignos de las eternas bendiciones de sus ciudadanos."
Contestó el Sr. Presidente de la Regencia en esta forma:
"Tienen los Estados sus períodos señalados como los hombres: nacen y crecen como ellos, y tienen tambien sus dolencias con que perecen. Los síntomas que se dejaban ver en la heróica Nacion española, manifestaban ser demasiado graves las que padecia. Ni podia ser leve cuando tenla ocupado el lugar de la virtud, con que debian observarse las leyes, la licencia que las quebrantaba. Tan funesta disposicion la habla conducido con pasos acelerados al borde de¡ precipicio, dejándola avanzada hácia él, de donde una mano disfrazada, acercándose como amiga, creyó arrojarla á él á un ligero impulso con alevosía. Iba á suceder así, y parece lo mandaba el mismo órden de las cosas, por las disposiciones que se hablan introducido á tomar como familiar la perfidia. Pero descubierto el arrojo, recordó como un golpe eléctrico á los hijos de Pelayo que estaban acostumbrados á levantar la cerviz para no consentir que cayese bajo el yugo. Con tan noble inspiracion corren á las armas, y se oponen con sañudo rostro al astuto invasor, empeñándole en una lucha que no habla entrado jamás en los vastos cálculos de su ambicion, ni la Europa toda se habla decidido á darle una sola leccion para que la conociera, porque el hacerlo estaba reservado á la abatida España, que supo sacar de su afliccion y de su conflicto para resistirle los esfuerzos que podria de la opulencia. Animada de ellos, levanta su erguida frente: fija la vista en el peligro que le amenaza de presente, sin desviar la consideracion de las causas que de lejos la hablan conducido á él con amargura; y para acudir á ambos males á la vez, se decide con denuedo á combatir con la una mano y escribir leyes con la otra: leyes que forman su Constitucion política, como el cimiento más sólido de la prosperidad de la Monarquía, y más digna de ocupar el corazon de los españoles para su observancia, que del mármol y del cedro para su duracion. Esta es, Señor, la obra que concebida en medio de los desvelos y de las vigilias de V. M., se consuma y presenta á luz en este día, que abre felizmente la época más memorable á la Nacion española. Es la emanacion estimable de la sabiduría de V. M., que comunicada á las últimas extremidades, y á los ángulos más remotos de su dominacion en las cuatro partes del mundo, obligará a mudar las lágrimas del dolor en las del gozo, y á efusiones más expresivas del regocijo, como se dice haberlo hecho alguna vez el, cielo, celebrando con una lluvia de oro el nacimiento de Minerva. Es la egida impenetrable de su defensa, y el depósito sagrado que encierra las leyes tutelares de su libertad é independencia, que la harán amable en la paz y respetable en la guerra. La Regencia, Señor, que tan solemnemente tiene prometida á V. M. su observancia, como ahora nuevamente la promete, velará con el celo más ardiente en la parte que la toque, que el pueblo español en ambos hemisferios, reconcíliado dulcemente con el ósculo de la paz, se conserve en ella, y repose, cogiendo tranquilo los frutos que ella le ofrece bajo de su sombra."
Concluido este discurso, salieron los Sres. Diputados de dos en dos, siguiéndoles la Regencia del Reino con el señor Presidente de las Córtes, para dirigirse unidos al templo; y de esta manera, entre los aplausos v las aclamaciones del inmenso concurso, terminó la sesion.
Sesion del dia 19 de marzo de 1812.
Babelia
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