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La motivacion de las sentencias

La conciliación del modelo de jurado puro con la exigencia constitucional de que las sentencias sean motivadas es uno de los principales problemas que han tenido que sortear los redactores del anteproyecto de ley. Dado que la sentencia ha de ser redactada por el tribunal de derecho, su ausencia durante la deliberación de los jurados privaría a los magistrados de los necesarios elementos de juicio para motivar el fallo.La solución adoptada por la futura ley consiste en que los jurados expliquen las razones que les han llevado a valorar las pruebas de uno u otro modo. Esto y la presencia del tribunal de derecho en la vista de la causa, serán suficientes para motivar la sentencia.

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Para los partidarios del escabinado, sólo la deliberación conjunta de los jueces legos en derecho y los jueces profesionales surninistraría a los segundos argumentos suficientes para razonar la sentencia. En su opinión, la ausencia de los magistrados de la sala de defiberaciones y el hecho de que los jurados se limiten a responder afirmativa o negativamente sobre la inocencia o culpabilidad del procesado, dificultaría el cumplimiento del artículo 120.3 de la Constitución, que exige que las sentencias sean "siempre motivadas".

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