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SANIDAD

Rechazo general de los colectivos sanitarios a las normas que regulan la objeción de conciencia ante el aborto

La Organización Médica Colegial (OMC) se ha sumado a las críticas de diversos colectivos sanitarios contra las normas del Ministerio de Sanidad y Consumo para regular la libertad de los médicos que no deseen practicar abortos. En círculos próximos a la Administración se justifica la circular dirigida a los directores de hospitales públicos como una fórmula pragmática: una medida para eludir la previsible batalla legal de la oposición si se hubiera optado por una ley reguladora del derecho a la objeción de conciencia.

Según el portavoz de la OMC, este organismo no pretende, en esta ocasión, cuestionar la ley que despenaliza el aborto en determinados supuestos, sino únicamente oponerse a la declaración de objeción de conciencia de los médicos.La OMC recomienda a sus colegiados que "se abstengan de hacer declaración alguna de objeción de conciencia genérica y previa, oral o escrita". Según el citado portavoz, lo que se debate no es tan sólo la objeción de conciencia, sino también la "objeción de ciencia", es decir, el que en cada caso concreto el médico sea libre en su decisión diagnóstica.

"Nos oponemos a la regulación de la objeción de conciencia, pero si se regula, que se haga por ley", dijo el portavoz de la organización médica colegial. Las razones esgrimidas para justificar esta oposición se basan en que "existe el riesgo de que el personal sanitario sea controlado ideológicamente, tanto por estar a favor como en contra del aborto y en los hospitales puede originar una gran división entre los médicos".

La normativa establecida por el ministerio de Sanidad se ha materializado en una circular distribuida a finales de la semana pasada a todos los centros sanitarios públicos, en la que se especifica que "el personal que preste sus servicios en establecimientos sanitarios podrá manifestar su opción a no participar en la interrupción voluntaria del embarazo en todos o en algunos de los supuestos calificados como no punibles en el Código Penal".

Esta manifestación se podrá hacer sin una motivación concreta, por escrito o por cualquier otro medio, dirigida al director del centro donde el interesado preste sus servicios y será válida indefinidamente o en un caso concreto. La revocación podrá realizarse en idénticas condiciones.

Listas de objetores

Esta fórmula ha sido criticada por la Federación de Asociaciones para la Defensa de la Salud Pública, que ha propuesto la elaboración de listas de objetores renovables anualmente, y la aplicación de sanciones para quienes infrinjan la objeción. Este organismo, al igual que la Comisión Gestora de Planificación Familiar, manifestó su temor de que la normativa del Ministerio desvíe la práctica del aborto hacia las clínicas privadas, ya que la opción a no practicar abortos se refiere únicamente a cada centro.Estos sectores médicos creen que esta normativa no garantiza la intervención de la mujer que desee abortar, ya que el médico puede negarse a practicar un aborto en un caso concreto.

Matilde Fernández, responsable del departamento de la mujer de UGT, discrepa de esta actitud generalizada de rechazo a la normativa de Sanidad, ya que, "es la forma menos conflictiva para que el colectivo médico no pueda obstaculizar el desarrollo de la ley". En su opinión, la fórmula con la que se regula la objeción de conciencia tiene como fin "eludir la previsible campaña en contra por parte de la oposición".

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