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Reportaje:CONSUMO

Frutas con carné de identidad

Los productos del mercado ya tienen etiquetas como las prendas de vestir

Hasta ahora ir a comprar fruta o verdura, sobre todo en fruterías tradicionales, era situarse ante diversas manzanas, por ejemplo, con diversos carteles que anunciaban distintos precios. Los avispados distinguían un tipo de otro; los más sólo veíamos manzanas. Siempre nos preguntábamos por qué los distintos precios, como sí el criterio de aplicación fuera aleatorio.Ya no debe ocurrir así. Existe una norma que obliga a un etiquetado mínimo de las frutas y hortalizas destinadas a ser entregadas en estado fresco al consumidor, por lo que se excluyen los procesos intermedios, propios de industrias transformadoras.Así, toda hortaliza o fruta que esté envasada debe tener una etiqueta que identifique con toda claridad, letras visibles e indelebles, y sin utilizar adjetivos calificativos que no estén comprendidos en las denominaciones oficiales, los siguientes datos:- Denominación del producto.- Nombre de la variedad.

- Categoría comercial.

- Calibre.- Identificación de la empresa, del envasador o del importador, según corresponda, con el correspondiente registro sanitario o demás registros competentes.

- Origen del producto.

- Peso neto en kilogramos (para envases unitarios).

En los casos de fruta no envasada (compra a granel), el vendedor la puede ofertar en sus cajas originales o fuera de ellas, pero siempre exponiendo una parte representativa de la mercancía (sería equívoco exponer sólo las piezas más atractivas) y separando claramente las diversas categorías comerciales. En estos casos debe haber un cartel visible que identifique los datos ya citados, que se exigen en la etiqueta del producto envasado, excepto los referidos a la empresa.

Todos estos datos: denominación, variedad, categoría, etcétera, están determinados en las normativas de cada producto específico. Por tanto, no deben ser improvisados por el comerciante de turno.

En general, y globalizando mucho, las categorías para todos los productos suelen ser de tres tipos:- Extra, que corresponde a lotes de productos representativos de su propia naturaleza (color y textura típicos, ausencia de defectos, etcétera). Suele además estar identificado en la etiqueta por el color rojo.

- Categoría I, en que se especifican un mínimo de defectos en las normativas respectivas para cada producto concreto. El color que lo representa es el verde.

- Categoría II, donde los defectos son algo más amplios, también claramente cuantificados en la propia normativa. Su color en la etiqueta es el amarillo.

La utilización del color en la etiqueta no es obligatoria. A cada categoría corresponde un calibre determinado.

Esta medida pretende, entre otras cosas, aproximar nuestra legislación a la de la CEE y prevé algunos efectos que, si se consiguen, serán positivos para el consumidor. Éstos son:

- Eliminar del mercado productos de escasa calidad.

- Orientar la producción para satisfacen mejor las exigencias de los consumidores.

- Facilitar las relaciones comerciales.

- Mejorar la rentabilidad del sector.

- Favorecer un sistema correcto de información de precios.

Esto es lo que dice la exposición de motivos de este Real Decreto 2.192/84 de 28 de noviembre, BOE de 15 de diciembre de 1984. Sin embargo, todo esto plantea algunos problemas. Se nos ocurren los siguientes:

1. La producción de frutas y hortalizas, por razones complejas que van desde nuestra actual tecnología hasta las íncontrolables variedades climatológicas, no tiene demasiada capacidad para comprometerse a ofrecer una continuidad en la calidad de los productos.

El decreto abre la posibilidad de hacer excepciones en casos de mala producción o de exceso de producción. De hecho, ya ha ocurrido.

El 4 de febrero de 1985 se publicaba una orden en el BOE que permitía hasta el 30 de septiembre de 1985 clasificar naranjas en la categoría III -destinada a zumos- que en circunstancias normales no podrían haber sido comercializadas debido a su baja calidad, consecuencia de las heladas de enero.

2. Para que sea eficaz esta norma y cumpla los objetivos que pretende, debe ser aplicada entodas las fases, desde la producción al consumo.

3. La aplicación de exigencias de calidad, en un sector cuya infraestructura no estaba trabajando desde esas exigencias, puede aportar incrementos de costes en alguna de sus fases, lo que repercute en el precio final.

Aquí aparece la necesidad de racionalizar la compra. Esto es: saber qué tipo de manzanas se quiere y para qué se quiere. Podrá no ser la misma manzana si se usa para hacer una compota o para comer directamente. Conviene saber elegir entre la calidad y el precio oportuno.

4. El consumidor no está familiarizado con todo el proceso, no sabe los criterios de clasificación y, por tanto, no está capacitado para exigir ante posibles etiquetados incorrectos. En este sentido son de alabar los spots publicitarios que aparecen en TVE sensibilizando a la aplicación de esta normativa.A pesar de todo, es bueno que los productos que compramos estén regulados e identificados por sus normativas correspondientes. Ya es hora de abandonar la improvisación y la espontaneidad, especialmente en lo que se refiere a la salud.

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