La LODE
( ... ) Cómo es sabido, la ley llamada LODE está ahora en el Senado en ese proceso de reflexión y corrección. Es, pues, el momento de corregir al menos aquellos defectos sustanciales que dicha ley pueda contener. ( ... )Hay algunos párrafos en ese texto, y sobre todo algunos artículos, que contradicen claramente una interpretación del artículo 27 de la Constitución, ala luz de los tratados internacionales suscritos por España que, de acuerdo con el artículo 96 de la Constitución, forman parte de nuestro ordenamiento interno, e incluso, a tenor del párrafo segundo del artículo 10 del texto constitucional, exigen tener en cuenta en la interpretación de las normas relativas a los derechos fundamentales y las libertades reconocidas constitucionalmente los tratados y acuerdos internacionales sobre las mismas materias ratificados por España. ( ... )
El artículo 13 de dicho pacto enuncia y reconoce el derecho de toda persona a la educación, afirma en el apartado 3 la libertad de los padres, y en su caso de los tutores legales, de escoger para sus hijos o pupilos escuelas distintas a las creadas por las autoridades públicas ( ... ). Estas limitaciones al reconocimiento de la libertad para establecer y dirigir instituciones de enseñanza se refieren a los objetivos que la educación debe proponerse, sustancialmente idénticos a los contenidos en el párrafo segundo del artículo 27, y a esas normas mínimas, que hay que referir, de acuerdo con la jurisprudencia de nuestro Tribunal Constitucional, a titulación académica del profesorado, relación numérica alumno-profesor, instalaciones docentes y deportivas, número de unidades escolares, número mínimo y máximo de puestos escolares, instrumentación pedagógica y servicios complementarios adecuados a las necesidades del centro (STC, 30 de enero de 1981, en el recurso 90/1081). Pues bien, este artículo 13 hay que entenderlo como interpretación y extensión del párrafo primero del artículo 27, que reconoce la libertad de enseñanza( ... ). Escasa y raquítica libertad cuando la LODE imposibilita que quien crea el centro docente pueda dirigirlo, ya que su voto en el consejo que dirige el centro es uno más entre los de los alumnos, la representación municipal, los empleados, los profesores, etcétera.
, 29 de febrero
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