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El ministro de Justicia descarta una futura ampliación de los supuestos actuales de despenalización del aborto

"El Gobierno cumple exactamente la promesa electoral hecha por el PSOE y la cumple en la medida en que ha detectado que la quiere la mayoría de los españoles". Con esta respuesta, el ministro de Justicia, Fernando Ledesma, descartó una futura ampliación de los supuestos de despenalización del aborto, remitidos ayer a Las Cortes dentro de la reforma parcial del Código Penal y justificó en las encuestas realizadas que el 69% de los españoles son partidarios del llamado aborto terapéutico, el 50% del denominado ético o por embarazo a consecuencia de violación y el 65% del que se podrá realizar cuando exista probabilidad de que el feto nazca con graves taras físicas o psíquicas. En cambio, reveló que solo el 27% se mostró favorable al aborto libre.

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Con la respuesta citada, el ministro se manifestó en una línea diferente a quienes han manifestado, desde posiciones próximas al Gabinete, que la despenalización proyectada es sólo un paso para una despenalización mayor en el futuro. Ledesma reconoció que es posible que se baje el techo de las posiciones mantenidas por el PSOE en otros momentos, pero insistió en que las razones son las de cumplimiento de la promesa electoral y de la voluntad mayoritaria de los españoles.En respuesta a otros informadores, el ministro de Justicia señaló que la gratuidad de los abortos y su realización en la Seguridad Social dependerá de las disponibilidades existentes. Sobre el grado de incidencia de la despenalización sobre el total de mujeres que se ven obligadas a viajar a Londres para abortar, Ledesma dijo que creía que algunas de ellas, al menos, se encontrarían en alguno de los supuestos previstos.

Respecto al origen de las encuestas cuyos datos facilitó, dijo que le habían sido facilitadas por el gabinete técnico de la presidencia del Gobierno. En cuanto a los organismos científicos consultados para abordar la despenalización del aborto, aseguró que se trataba de instituciones de altísima solvencia, aunque no recordaba pormenorizadamente el nombre de las universidades y otros órganos consultados.

Se mantiene el delito

En su explicación de la regulación acordada por el Consejo de Ministros sobre el aborto, el ministro de Justicia resaltó que se mantiene la totalidad de los artículos del Código Penal, así como la cuantía de sus penas y que la reforma consiste solamente en añadir un artículo, el 417 bis, que comprende las indicaciones terapéutica, ética y eugenésica y cuyo texto figura en esta misma página. En cuanto a la despenalización del aborto terapéutico, resaltó que no significa ninguna innovación, ya que en la actualidad, las intervenciones de embarazo para evitar el grave peligro para la madre, gozan de la eximente de estado de necesidad, en virtud de causar el menor de los males en conflicto.Ledesma manifestó que la vida independiente, esto es, la de la madre, es un bien jurídico constitucionalmente más importante que la vida del feto. Explicó que el fundamento constitucional está en una sentencia del Tribunal Constitucional alemán, ante el que se planteó si era constitucional una ley reguladora de esta materia, teniendo en cuenta que la constitución de Alemania Federal establece idéntica regulación que la española: "Todos tienen derecho a la vida". El tribunal citado se expresó clara y rotundamente a favor de la compatibilidad entre la Constitución y la despenalización del aborto.

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El ministro de Justicia recordó la evolución legislativa de este precepto, que ya se aprobó en la comisión de codificación en la anterior legislatura, y que coincide con las enmiendas al proyecto de reforma del Código Penal del anterior Gobierno por parte de la minoría Catalana y el PNV. Recordó las recientes sentencias de Barcelona y Bilbao urgiendo la regulación de la interrupción del embarazo. Ofreció datos de otros países de Europa, concretamente en Alemania desde 1976; Francia, desde 1975; Italia, desde 1978; y Reino Unido, desde 1967. Dijo también que en Argentina la despenalización del aborto está regulada desde 1922, y que figura también en el Código Penal tipo para Latinoamérica.

Ledesma recordó que todavía está subsistente en el Código Penal la figura del aborto honoris causa, esto es, el realizado para preservar la honorabilidad de la madre y que sólo está penado con un mes y un día. "Si para la honra, este precepto procedente del siglo pasado, establece pena tan mínima, ¿qué no debemos hacer hoy cuando se deben proteger otros valores jurídicamente más dignos de protección?

El ministro de Justicia ofreció otras observaciones colaterales, que habían influido en la decisión del Gobierno. Señaló que la punibilidad en todos los casos determinaba que numerosos abortos se realizaran clandestinamente, con los riesgos que eso supone para la mujer, a causa de la falta de higiene con que se realizan, por parte, además, de personal no cualificado. En los casos de violación, la situación psicológica en que se encuentra la mujer exige, en muchos casos, según explicó el ministro, la interrupción del embarazo para que la mujer pueda recuperarse.

Destacó también que la no punibilidad del aborto en ciertos casos es compatible con acciones de la Sanidad pública frente al nacimiento de niños con subnormalidad. Recordó que las anomalías congénitas son las más frecuentes y que de 15.000 a 20.000 niños al año nacen con subnormalidad. Asimismo, aseguró que la interrupción del embarazo, realizada con garantías sanitarias suficientes, no supone ningún riesgo para la madre ni para futuros embarazos de la misma. El ministro añadió que, en todo caso, la despenalización proyectada no libera al Estado de las medidas que le corresponden para defender la vida en formación. Entre ellas destacó los centros de orientación familiar integral; la información sobre fertilidad, fecundidad y embarazo y sobre uso de la sexualidad.

El ministro de Justicia comenzó su intervención ante los informadores explicando las líneas generales de la reforma del Código Penal en cumplimiento del mandato constitucional que exige que se cumpla la presunción de inocencia de los ciudadanos, así como la regulación de la libertad de conciencia y de sindicación y la protección contra los delitos de injurias y calumnias de instituciones creadas por la propia Constitución como el Consejo General del Poder Judicial, el Tribunal Constitucional y las instituciones autonómicas.

Humanizar el Código penal

Destacó la innovación que supone la protección de la salud de los consumidores y el propósito gubernamental de humanizar gran parte del Código Penal, con lo que nos acercamos a Europa en la obtención de mayores cotas de justicia y libertad. Entre otras novedades, figura la protección al ejercicio del derecho de huelga, la supresión de la pena de privación del permiso de conducir actualmente prevista para los casos de multirreincidencia en la comisión de delitos contra la seguridad del tráfico rodado. La conducción sin el carné correspondiente no será delito, sino una mera infración administrativa.En materia de tráfico de drogas y estupefacientes se evitará el excesivo arbitrio judicial existente hasta ahora y la pena se aplicará en función de la gravedad para la salud de la droga en cuestión, así como del hecho de que se utilice como negocio y la pertenencia a organizaciones dedicadas al tráfico de drogas. También será elemento a tener en cuenta la difusión de la droga entre menores, centros docentes y establecimientos públicos, militares y penitenciarios.

La reforma afecta también a los delitos contra la honestidad, en los que la posibilidad del perdón se reduce al período anterior a la primera sentencia recaída, mientras se suaviza la gravedad excesiva con que están penados hoy los delitos contra la propiedad, en los que se tendrá en cuenta, más que la cuantía de lo sustraído, las circunstaricias en las que se haya realizado el hecho delictivo.

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