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El anteproyecto de ley del Consejo de la Juventud entrará el próximo mes en el Parlamento

Los consejos de la juventud funcionan en diecisiete países de Europa desde los años sesenta, cumpliendo la función de intermediarios entre la juventud nacional y la Administración pública. El punto de arranque para la constitución de los consejos fue la Conferencia de la Unesco sobre la Juventud, celebrada en Grenoble en 1964, y, posteriormente, las movilizaciones estudiantiles de 1968. Estos dos acontecimientos pusieron sobre la mesa de muchos Gobiernos; democráticos la cuestión de la participación juvenil en la vida social y política del país.Actualmente funcionan en Europa varios organismos integrados por representantes de los consejos de la juventud nacionales: el Consejo Europeo de los Comités Nacionales de la Juventud (CENYC), fundado en 1963 para posibilitar las negociaciones de las juventudes independientes con las instituciones europeas intergubernamentales y no gubernamentales; el Centro Europeo de la Juventud, fundado en 1971 como institución educativa del Consejo de Europa, y el Fondo Europeo para la Juventud, creado asimismo por el Consejo de Europa en 1972, pero con una estructura independiente y con la finalidad de promocionar las actividades de la juventud sobre una base internacional.

España se ha retrasado en la formación de su propio consejo varios años, a falta de un sistema democrático en cuyo marco se pudiera estructurar tal institución. Poco después de la transición y del acceso de la democracia, ocupando Pío Cabanillas la cartera de Cultura, se realizó desde su Ministerio un llamamiento a los jóvenes para dialogar con el ministro sobre el tema del Consejo de la Juventud. Se abrieron las negociaciones entre los representantes de las organizaciones juveniles y los del Ministerio, pero muy pronto hubo disensión y ruptura.

«Cuando yo me hice cargo de esta dirección general», explica Carmela García Moreno, «uno de los primeros objetivos que me marqué, a petición de los propios jóvenes, era que ellos tuvieran una plataforma de interlocución desde la que pudieran proponer y estimular a los poderes públicos a una eficaz política de la juventud. Esta dirección no tiene medios económicos ni capacidad para resolver todos los problemas que afectan a los jóvenes, pero no se resigna a que no lo hagan otros. Por eso intentarnos que desde aquí se pueden esbozar al menos la línea de solución a medio y largo plazo de estos problemas».

Las negociaciones entre el Ministerio y los representantes juveniles se reiniciaron, y poco a poco se consiguieron algunos avances. El 30 de enero de 1980, la Dirección General de la Juventud reconoció a la Asamblea de Entidades Juveniles Educativas y Servicios (AEJES) como interlocutor. La AEJES está integrada por dieciocho asociaciones de jóvenes. El 3 de julio fue reconocida la mesa de organizaciones políticas como segundo interlocutor. La mesa está formada por las ramas juveniles de los cuatro partidos parlamentarios de ámbito nacional.

Estos dos interlocutores han mantenido conversaciones y negociaciones con el Ministerio hasta mediados de este año, cuando ha sido posible, al fin, el acuerdo sobre los principales puntos de discrepancia: si el Consejo tendría una cámara o dos, cuántos afiliados necesitaría una organización para pertenecer al Consejo, sí se concedería un voto a las entidades de adultos prestadoras de servicios a la juventud, etcétera. El 16 de julio de 1981 fue aprobado el anteproyecto de ley sobre el Consejo de la Juventud de España, que será llevado en breve plazo al Consejo de Ministros, para que desde allí se remita al Parlamento.

Política con la juventud

¿Qué significa para los jóvenes la constitución del Consejo de la Juventud? Según García Moreno, supone «el dejar de hacer una política paternalista de asistencia a la juventud y empezar a hacer una política con la juventud. Esto puede asustar a muchos que pensarán que el consejo puede ser un órgano incómodo porque los jóvenes van a exponer sus criterios, van a pedir explicaciones y van a utilizar documentación de la Administración para sus propios trabajos. Pero es que si no dejamos a los jóvenes intervenir caeremos en la beneficencia y nos volveremos a alejar de ellos, como en el antiguo régimen».

La nueva institución no tiene nada que ver con lo que fue él Consejo de la Juventud en la época franquista. Aquello era una reunión de adultos con el objetivo de cuidar, proteger e incluso frenar el desarrollo de la personalidad de los jóvenes.

Pero ¿qué opinan los jóvenes sobre este nuevo organismo democrático? Para María Antonia Sallén, presidenta de AEJES, «nuestro país, y en general Occidente, es una sociedad caduca que necesita renovarse y dejar hablar a la juventud sobre temas que le afectan directamente y sobre temas que no son específicamente juveniles, pero que también le afectan, por ejemplo la cuestión de la OTAN. Lo que hace falta es que la Administración no lo convierta en un organismo muerto e ineficaz».

José María Carreras, de las Juventudes de UCD, cree que «el consejo viene a aportar un marco de actividad a las organizaciones juveniles de tipo político y social. A la postre, lo que se debate es la política juvenil española en términos generales. Todos los jóvenes tenernos interés en que el consejo sea efectivo porque si fracasase fracasaríamos todos, pues no habríamos sabido aprovechar las armas que se nos han dado».

Para José Domingo, de las Juventudes Socialistas, «la Administración no puede actuar por sí sola en ciertos casos, sino que requiere la intervención de los implicados, como cuando recurre a los sindicatos para resolver un asunto laboral. La juventud necesita el consejo, pero tan urgente como él es una nueva ley sobre asociacionismo juvenil, porque en ese campo estamos muy atrasados».

Según Antonio Martín, secretario general de Nuevas Generaciones de AP, «el consejo es el desarrollo del artículo 48 de la Constitución, que dice que los poderes públicos tienen que promover las condiciones para la participación de la, juventud en el desarrollo político, social, económico y cultural del país, un artículo fundamental para nosotros. Hasta ahora la juventud se encontraba desamparada y las Cortes no se habrían preocupado por níngún tema juvenil específico.

Josep Palau, secretario general de Unión de Juventudes Comunistas, dice que «en el consejo hay un primer elemento positivo que es el reconocimiento desde el Estado de la participación política de la juventud, reconocimiento que es inmanente al hecho de aprobar la existencia del consejo. Sólo con existir es importante porque el Estado, el Gobierno, tendrá que contar con la opinión de los jóvenes cuando se discutan temas que les conciernan, como es la educación, el asociacionismo, etcétera. Las opiniones no serán vinculantes, pero al menos se tendrán en cuenta».

Funciones y fines

Las competencias reservadas al Consejo de la Juventud son absolutamente nuevas, no las desempeñaba hasta ahora ningún organismo tildado de «juvenil». Las funciones consignadas en el anteproyecto son: recabar de los poderes públicos la adopción de medidas para la participación y promoción de la juventud en la vi da pública del país, colaborar con la Administración en el tratamiento y resolución de la problemática juvenil, participar en comisiones consultivas que la Administración establezca para tratar dicha problemática juvenil, promover el asociacionismo juvenil, estimular la creación de Consejos de la Juventud a nivel regional y provincial, fomentar la comunicación y relación de las organizaciones juveniles dentro del Estado y representar a la juventud española fuera del territorio.

Para cumplir tales funciones, el consejo generará comisiones especializadas en trabajo juvenil del tiempo libre, tratamiento de la problemática de la juventud y relaciones internacionales.

Por último, una disposición transitoria establece que «en los ámbitos local y provincial podrán constituirse, de acuerdo con lo que determine el reglamento, Consejos de la Juventud con personalidad jurídíca propia y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines».

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