Regirán los precios de 1979
El pliego de condiciones para el concurso de explotación de la plaza de Las Ventas fija un canon del 20% de los ingresos brutos de taquilla obtenidos por la venta de localidades para cualquier espectáculo, excluidas las novilladas de promoción. Esta condición no es mejorable, y para la adjudicación se atenderá a la mejor oferta que se refiera a la cantidad y calidad de los festejos y a aspectos organizativos del espectáculo. Los precios de las localidades no podrán rebasar los que rigieron en 1979.De este canon, el adjudicatario abonará a cuenta 61.200.000 pesetas el día 1 de febrero de cada uno de los años de duración del contrato, que son tres, prorrogables dos más si ambas partes están de acuerdo. Se fija una fianza de 133.084.903 pesetas, para la que se admitirá aval bancario.
La temporada taurina empezará no más tarde del segundo domingo de marzo, y no podrá finalizar antes del domingo siguiente al 12 de octubre. Todos los domingos y días festivos de la temporada habrán de celebrarse corridas de toros o novilladas picadas. La feria de San Isidro constará de un mínimo de diez corridas de toros y tres novilladas picadas. En la mitad, por lo menos, de las corridas de la feria tendrán que actuar cada tarde dos toreros de los grupos especial o primero.
Se prevén cuatro novilladas de promoción, en verano, en las que, si hay pérdidas, la Diputación sufragará el 50% de las mismas.
Habrá feria de septiembre, con un mínimo de tres corridas de toros y una novillada con picadores. La empresa podrá celebrar más espectáculos taurinos, en cualquier día del año, y cualquier sugerencia en este sentido será tenida muy en cuenta a efectos de la adjudicación de la plaza.
La Diputación se reserva dos fechas para organizar sus corridas benéficas, y prevé la posibilidad de montar otras tres, en días laborables, con ocasión de acontecimientos de carácter extraordinario.
Se establece una escala de sanciones y multas, por incumplimientos de contrato, que oscilan entre 100.000 pesetas y dos millones de pesetas, y pueden llegar a la rescisión. Diversas estipulaciones garantizan el correcto desarrollo de los espectáculos, y se destinan tres andanadas para espectadores mayores de 65 años y menores de dieciocho, a mitad de precio.
Los precios de las localidades serán, en 1981, los que rigieron en 1979, y en temporadas sucesivas, para su aumento, se tomará como base el porcentaje relativo a «gastos de esparcimiento » del índice de precios al consumo.
El pliego detalla también cómo se ha de proceder en los casos de suspensiones, aplazamientos, modificaciones de carteles, en orden a la mayor publicidad, para conocimiento de los espectadores. Se respetan los derechos adquiridos por los abonados. Podrán celebrarse espectáculos no taurinos previa autorización de la Diputación.
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