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Se reducirá la tasa de doblaje de películas extranjeras

En diciembre de 1981 desaparecerá definitivamente

El Ministerio de Cultura hizo pública ayer una nota en la que anuncia el próximo envío a las Cortes de una ley en la que se regulan las salas de arte y ensayo, las de cine familiar y las denominadas salas «X».«Ante las notas de signo contradictorio que está publicando la Prensa en los últimos días», señala la nota, «consecuencia de la actividad de algunos sectores cinematográficos para urgir la adopción de diversas medidas, el Ministerio de Cultura cree necesario informar de lo siguiente: «La política cinematográfica tiene por objeto el apoyo a la cinematografía española, aunque pueda en algunas ocasiones ser restrictiva para la explotación de películas extranjeras dobladas, en la medida que los representantes españoles de empresas extranjeras desearían para sus productos».

«En breve plazo», añade la nota «va a remitirse a las Cortes un proyecto de ley, ya aprobado por el Consejo de Ministros, en el que se regulan las salas de arte y ensayo y las de cine familiar, ambas con beneficios fiscales, así como las salas «X», que serán objeto de una exacción parafiscal, cuyo producto se destinará al Fondo de Protección de la Cinematografía Española. Al mismo tiempo, se prevé la supresión de la tasa de doblaje a partir del 31 de diciembre de 1981. Desde la entrada en vigor de la ley hasta esa fecha quedará sensiblemente reducida la cuantía de la tasa, de modo que la exbición de películas extranjeras dobladas, en cines rurales o suburbanos, no obligan a sus distribuidores sino a pagar una tasa de cuantía notablemente inferior a la actual».

«El 12 de enero del año en curso», informa el Ministerio de Cultura, «entró en vigor la ley de Cuotas de Pantalla y Distribución de películas cinematográficas; la cuota de pantalla establece la obligación de programar un día de película española por cada tres de película extranjera doblada. La exbición de película extranjera subtitulada o en versión original no obliga a programar película española».

«También se establece la necesidad de contratar y explotar películas españolas para poder distribuir películas extranjeras dobladas, hasta un máximo de cinco películas de este tipo por cada película española».

«Hay que señalar», añade el comunicado, «que las cuotas de pantalla y de distribución de películas dobladas son viejas instituciones del derecho cinematográfico español».

«La experiencia administrativa», concluye la nota, «adquirida durante los meses en que se viene aplicando la ley de Cuotas de Pantalla y Distribución, han aconsejado al Gobierno la conveniencia de dictar en real decreto -aprobado ayer por el Consejo de Ministros- que desarrolle algunos extremos de la ley, cuya ejecución requiere concreciones y cautelas que garanticen la consecución de la meta que el propio preámbulo de la ley dice perseguir: poner remedio a la crisis existente en la industria cinematográfica española. El Ministerio de Cultura trabaja en la elaboración de nuevas normas que introduzcan nuevas posibilidades y nuevos estímulos a la producción y comercialización de películas españolas, con el convencimiento de que todas las ramas cinematográficas han de ser atendidas en sus justas necesidades».

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