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Un año de garantías contra el despido para quienes hayan sido representantes

Los delegados de personal y los miembros de comités de empresa no podrán ser sancionados o despedidos durante el ejercicio de sus funciones ni dentro del affo siguiente a la expiración de su mandato, según el articulo 67 del Estatuto de los Trabajadores, que fue aprobado ayer por la Comisión de Trabajo del Congreso. A lo largo de la última sesión de la semana, que se prolongó poco más de cuatro horas, tan sólo dos nuevos articulos quedaron aprobados por la Comisión.

La extensión de los mencionados artículos y su importancia regulan las garantías de los representantes de los trabajadores y la calidad de electores y elegibles para los citados cargos, explican en parte el escaso avance de los trabajos de la Comisión. La proximidad de otro de los grandes temas conflictivos del Estatuto de los Trabajadores, la negociación colectiva (legitimación y ámbito, especialmente) y la necesidad de llegar a acuerdos en las próximas horas, podría haber influido también en la escasa diligencia demostrada por los grupos parlamentarios en las últimas sesiones.Esta última impresión queda reforzada por la suspensión de la sesion prevista para el próximo lunes a petición del PNV. Los nacionalistas vascos, que a lo largo de los debates se han mantenido al margen de las discusiones y han optado por la abstención en casi todas las votaciones que no se han resuelto por unanimidad, no se han recatado en ocultar que, a partir del artículo 85, tomarían una postura definitiva frente al proyecto de ley. Los vascos pretenden que el Estatuto no impida la creación de un marco de, relaciones laborales autónomo para Euskadi y que los mínimos exigidos de representatividad para la negociación de convenios colectivos sectoriales o de ámbito estatal no luponga la exclusión de los sindicatos de nacionalidad como ELA-STV o LAB. El contenido del Estatuto de Autonomía de Euskadi en materias laborales y los acuerdos suscritos por UGT y CEOE hacen problemáticas ambas aspiraciones, aunque en los últimos días ha habido conversaciones entre los diputados Monforte (PNV) y Chaves (PSOE) y entre los nacionalistas vascos y el Ministerio de Trabajo.

Garantías para los representantes

Los miembros del comité de empresa y los delegados de empresa disfrutarán, según el artículo 67 del Estatuto aprobado ayer, de una serie de garantías para el desempeño de sus funciones, además de las que puedan quedar contempladas por negociación colectiva.

En primer lugar, según una enImienda socialista aprobada por lananimidad, el artículo recoge la posibilidad de «apertura de expediente contradictorio, en el supuesto de sanciones por faltas graves o muy graves, en el que serán oídos, a parte del interesado, el comité de empresa o restantes delegados del personal». Con una pequeña mejora técnica centrista se aprobó también para los representantes la «prioridad de permanencia en la empresa, respecto de los demás trabajadores, en los supuestos de suspensión o extinción por causas tecriológicaso económicas».

La presentación de una enmienda centrista al apartado tercero de este artículo en el proyecto, que fue rechazada por los socialistas, por diferir en cuanto a la exclusión de la garantía sobre la no posibilidad de despido en casos de revocación de mandato a los representantes, provocó unacierta confusión y dudas en el partido del Gobierno. El portavoz de este grupo, Pérez Miyares, consultó a representantes del Ministerio de Trabajo y el artículo quedó por unos momentos apartado de la discusión. Al final río cedieron los centristas y, con el voto en contra de PSOE, PCE y PSA, hicieron prosperar sin modificación alguna su enmienda: los representantes de los trabajadores no podrán «ser despedidos ni sancionados durante el ejercicio de sus funciones ni dentro del año siguiente a la expiración de su mandato, salvo en el caso de que éste se produzca por revocación o dimisión, siempre que el despido o sanción se base en la acción del trabajador en el ejercicio de su repre sentación, sin perjuicio, por tanto, de lo establecido por el artículo 52 (relativo al despido disciplinario). Asimismo, no podrá ser discrimi n ado en su promocióneconórnica o profesional en razón, precisamen te, del desempeño de su representación». Los socialistas, en este apartado, habían propuesto también que la «inmunidad». se exten diera a lo largo de dos años y no uno a partir de la expiración del mandato del representante.

Uno de los temas más importantes de la sesión, el relativo a horas retribuidas a los representantes de los trabajadores para sus actividades propias, del cargo, fue aprobado una vez más mediante un acuerdo transaccional UCD-PSOE, que en buena parte recogía las tesis socialistas. Previamente fue derrotada una enmienda comunista en la que se proponía que los representantes continuaran disfrutando de cuarenta horas al mes. La escala final aprobada otorga quince horas mensuales para los representantes en empresas de hasta cien trabajadores; veinte horas, para las empresas que superen esa cifra y no lleguen a los 250 trabajadores; treinta horas, para las empresas con menos de quinientos trabajadores; 35 horas, para las menores de 750, y cuarenta horas, para las empresas que superen este censo. El proyecto recogía para los últimos supuestos cinco horas menos de las aprobadas. Por otra parte, este tiempo retribuido puede ser incrementado por pacto en convenio.

Explicaciones de voto

En las explicaciones de voto, Marcelino Camacho arremetió, una vez más, contra centristas y socialistas, aunque en un tono menos violento que en las últimas jornadas, afirmando que, al no aceptar que continuaran las cuarenta horas, se quitaba a los trabajadores una conquista lograda bajo la dictadura, y que al no aceptárseles una enmienda en la que se proponía la creación de un fondo social, igual al 1% de la nómina, para guarderias y obras sociales, una vez más quedaba patente el espíritu restrictivo del Estatuto.

Chaves, por los socialistas, respondió con dureza a Camacho. Explicó que, con realismo, su grupo, dentro de las posibilidades que existen en la Comisión de Trabajo, había ampliado el tiempo retribuido que figuraba en el proyecto de ley. Y en cuanto al fondo social, dijo que tiene su fundamento en la encíclica Rerum Novarum, que ha inspirado todo el sindicalismo amarillo.

En cuanto a la elección de representantes, según el artículo 68, aprobado con una transacionál UCD-PSOE, serán electores todos los trabajadores fijos mayores de dieciséis años, y elegibles, los mayores de dieciocho, con una antigüedad mínima de seis meses en la empresa. En empresas de gran movilidad este plazo será de tres meses.

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