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Pleno del Congreso

La extracción y transplante de órganos serán gratuitos

Prácticamente por unanimidad, el Pleno del Congreso aprobó ayer una proposición de ley socialista sobre extracción y trasplante de órganos, plenamente consensuada en la Comisión de Sanidad y Seguridad Social entre los grupos parlamentarios. Fruto de este consenso fue la supresión del capítulo sobre generalización de las autopsias clínicas, introducido durante la tramitación de la proposición de ley a instancias de UCD y que será objeto de regulación en una futura ley.Entre las explicaciones de voto a la proposición de ley, aprobada por 285 votos favorables, ninguno en contra y una abstención, el socialista Donato Fuejo expresó la satisfacción de su grupo ante la atención de la Cámara a una preocupación manifestada por numerosos familiares de enfermos que, hasta el momento, se encontraban con numerosos obstáculos legales para la realización de trasplantes.

La única modificación que se introdujo en el Pleno sobre el dictamen de la Comisión de Sanidad y Seguridad Social fue incluir entre las disposiciones adicionales una nueva, según la cual el Gobierno deberá desarrollar las medidas informativas y de todo orden para una correcta información de los ciudadanos sobre la extracción y trasplantes de órganos.

Según el texto aprobado, no se podrá percibir compensación alguna por la donación de órganos, si bien se arbitrarán los medios para que la realización de la extracción no sea en ningún caso gravosa para el donante vivo ni para la familia del fallecido. Tampoco se exigirá al receptor precio alguno por el órgano trasplantado.

Para la donación de órganos por parte de los vivos será preciso que el donante sea mayor de edad, que goce de plenas facultades mentales y haya sido informado de las consecuencias de su decisión, que otorgue su consentimiento de forma expresa, libre y consciente, además de por escrito ante autoridad pública y que el destino del órgano extraído sea su trasplante a una persona determinada, con el propósito de mejorar sustancialmente su esperanza o sus condiciones de vida. Se garantizará el anonimato del receptor.

Muerte en accidente

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La extración de órganos u otras piezas anatómicas de fallecidos podrá hacerse previa constatación y comprobación de muerte, y podrá realizarse con fines terapéuticos o científicos, en el caso de que los fallecidos no hubieran dejado constancia expresa de su oposición. «Las personas presumiblemente sanas que falleciesen en accidente o como consecuencia ulterior de éste se consideraran asimismo como donantes», dice textualmente la ley, «si no consta oposición expresa del fallecido. »

Por su parte, el receptor de un órgano o tejido deberá ser plenamente consciente del tipo de intervención que va a efectuarse, conociendo los posibles riesgos y las previsibles ventajas que puedan derivarse del trasplante, ser informado de que se han efectuado los necesarios estudios inmunológicos de histocompatibilidad entre donante y futuro receptor, y expresar por escrito su consentimiento para la realización del trasplante, cuando se trate de un adulto jurídicamente responsable de sus actos, o por los representantes legales o padres o tutores, en caso de pacientes con déficit mental o menores de edad.

Según establece también la proposición de ley, se facilitará la constitución de organizaciones a nivel de comunidad autónoma y a nivel nacional y se colaborará con entidades internacionales que hagan posible el intercambio y la rápida circulación de órganos para trasplantes. Asimismo, el Ministerio de Sanidad y Seguridad Social dictará las normas reguladoras del funcionamiento y control de los bancos de órganos o tejidos, que no tendrán en caso alguno carácter lucrativo.

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