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Tribuna:La política española ante el holocausto judío / 2
Tribuna
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Sumisión y servicio a los alemanes, sin introducir leyes antisemitas

De una primera fase de sumisión total a los alemanes aunque sin introducir leyes antisemitas, que difícilmente podría calificarse como de resistencia pasiva, la política española ante la persecución nazi de los judíos cambió en 1943. profesor del Departamento de Estudios Internacionales de la facultad de Ciencias Políticas de Madrid, explica en este segundo capítulo que el cambio se produjo con la llegada al Ministerio de Asuntos Exteriores del general Jordana.

El viaje de Himmler a España, en octubre de 1940, trajo también otras novedades. Antes de esta visita se había negociado por parte española y alemana un sistema de propaganda y de recogida de inteligencia en Latinoamérica con la intervención del Instituto Iberoamericano de Berlín. Un subcomité de cinco personas, cuyos nombres ya son públicos, presidido por el ministro de Gobernación y del que formaban parte tres destacados falangistas y un personaje muy influyente durante toda la vida de Franco en su casa militar, presentó a Himmler los planes de actuación española a través del Consejo de la Hispanidad, quien los examinó y aprobó con algún pequeño reparo. De las seis unidades o servicios en que se dividió la actuación de estos quintacolumnistas, de los que casi nada se ha escrito, el Servicio de Propaganda exaltará los valores religiosos espirituales y culturales propios del espíritu imperial del siglo XV español, intentando demostrar que los ideales genuinamente españoles hallaban su culminación y realización en los sistemas totalitarios. Al mismo tiempo será violentamente antisemita. Las agencias de noticias y la radio española estarán sujetas a sus directivas en su programación al extranjero, si bien las posibilidades hasta la construcción de la emisora de Arganda no eran demasiadas. Una emisora de la Falange virulentamente antisemita como Radio Valladolid, por ejemplo, no llegaría en su radio de acción más allá de Cuba. Alemania e Italia pudieron por ello seguir con su propaganda antijudía en América a pesar de las leyes restrictivas impuestas a los países beligerantes. La propaganda antisemita impresa y distribuida por este servicio del Consejo de la Hispanidad, al mejor servicio posible de los alemanes, llegará al continente americano hasta bien entrado el año 1943 (1).Las directivas de la política española

Este fenómeno anteriormente expuesto no puede considerarse como un fenómeno periférico, consecuencia del cenit alemán en, Europa. Consideremos la situación de los sefardíes españoles en Francia y la actitud del Gobierno español.

En el mes de noviembre de 1940 Lequerica procedió a comunicar a Madrid que las autoridades francesas y alemanas habían acordado la extensión de las medidas antisemitas a 2.000 sefardíes inscritos en el Consulado español y con la documentación en regla. El Consulado había alegado ante aquellas autoridades que en España no existía legislación que estableciese diferenciación por motivos de raza, y así se hizo saber a Madrid, ¿Cuál fue la contestación? Muy esclarecedora. En primer lugar, la respuesta del Consulado a las autoridades alemanas no era aceptada en Madrid por no ser criterio del Gobierno. Lo que había de hacerse era darse por enterado de las medidas y no poner inconvenientes a su ejecución, conservando una actitud pasiva. Se añadían, además, estas recomendaciones: aunque en España no existía ley de razas, el Gobierno español no podía poner dificultades, aun a sus súbditos de origen judío. para evitar se sometiesen a las medidas generales. Estos; criterios se habían de hacer llegar al Gobierno alemán.

Esta actitud difícilmente puede calificarse como de resistencia. pasiva. Ni fue momentánea. No en vano, a pesar de conseguirse en 1941, tras varias presiones, el. permiso para que los sefardíes españoles se censaran en los Consulados españoles, evitándose la incautación de sus bienes y el bloqueo de sus cuentas, y con ello la intervención del Consulado en el nombramiento de administradores de sus empresas y propiedades, varios miembros de esta comunidad sefardí reconocerían, en 1942, que el Consulado español y las autoridades alemanas hablaban lenguajes diferentes, y la inteligencia era imposible. No podía ser de otra manera.

Cierto que el Gobierno español en esta época de cenit alemán se negó a introducir leyes antisemitas, ni siquiera en Tánger; pero su política fue de sumisión y servicio a los alemanes en muchos niveles. No había otra salida. Más, tratándose de antiguos simpatizantes rojos (2).

El comienzo de las deportaciones

En el segundo trimestre de 1942 los servicios de inteligencia alemanes comenzaron a detectar la posibilidad de un desembarco aliado. A su vez, los servicios aliados, que utilizaron a España como punto principal de sus actividades, fueron intoxicando a los servicios españoles, alemanes, italianos y japoneses con diversos puntos de invasión. Por esta causa, los alemanes extremaron las medidas de seguridad y comenzaron las deportaciones de posibles enemigos. Los judíos serían los primeros en ser deportados a campos de concentración. A los judíos de países neutrales se les dio como plazo hasta junio de 1943 para ser reclamados y no ser sometidos a estas medidas.

El 8 de noviembre de 1942 se produciría la operación Torch en el norte de Africa. Los alemanes respondieron ocupando la Francia de Vichy. A partir de este momento la corriente de judíos y refugiados que pasaban hacia España se convirtió en una auténtica marea. Esta riada de refugiados cogió a todo el mundo en una situación de impreparación. Las embajadas aliadas no tenían fondos ni personal con que atender a tantos refugiados, y las organizaciones de asistencia, tanto judías como no judías, habían reducido su actividad al mínimo durante 1942, dados los continuos rumores de invasión alemana de la península.

La política española a la hora del holocausto

En España, afortunadamente, se habían producido algunos cambios de importancia. El Ministerio de Asuntos Exteriores estaba ocupado por el general Jordana, con lo que las ideas non-natas de bloque latino de países neutrales que trataban de seguir la política del papa Pío XII empezaron a ponerse en práctica. A partir de la nueva política de Jordana, España hizo en el tema de los refugiados lo que ninguno de los aliados estaba dispuesto a hacer: aceptar en su territorio a los miles de refugiados que fueron llegando. Ni Estados Unidos, ni Inglaterra, por estrictos motivos de seguridad dificultades de transporte y otras consideraciones, aceptaron responsabilidades mayores en este asunto durante buena parte de 1943. La situación y las ayudas a los refugiados y judíos comenzará a ser controlada desde un punto de vista económico por los aliados en agosto de 1943. No así el traslado de los judíos apátridas. La batalla entre los aliados por la erección de un campo de refugiados en el norte de Africa durará hasta el 26 de noviembre de 1943, y un primer grupo reducido de estos apátridas, procedente de España, llegaría al campo en mayo de 1944, año y medio después de la ocupación por los alemanes de la Francia de Vichy. El primer transporte de judíos seleccionados para Palestina, incluidos en la reducida cuota británica (mil) de la zona occidental, saldría de Cádiz en enero de 1944, en el barco Nyassa.

Dejando de lado el análisis de las actuaciones de las camisas viejas falangistas, especialmente escogidos para el personal de fronteras y la sección de pasaportes y extranjeros en la Dirección General de Seguridad, o el trato recibido por estos judíos y refugiados, diremos que la política española en la cuestión de los judíos sefardíes españoles no experimenta un cambio radical.

El 21 de enero de 1943 la Embajada alemana en Madrid comunicaba al Ministerio de Asuntos Exteriores la necesidad de evacuar, por razones de seguridad, a los judíos españoles residentes de Europa occidental antes del 31 de marzo, que posteriormente harían extensiva a los residentes en las zonas controladas por Alemania en Europa oriental y a Grecia. En el mes de febrero el embajador alemán anunciaba a Berlín que el Gobierno español había resuelto no permitir la entrada en España a sus judíos sefardíes, y que, empero, apreciaría se les dejase marchar a sus países de origen, Grecia y Turquía. Esta resolución no sería llevada a efecto por completo. En el mes de marzo el ministro de Asuntos Exteriores español accedía en. principio y de forma limitada a la concesión de visados a los sefardíes españoles. Después vendría una serie de contraórdenes y dificultades (« no nos conviene», «no se puede aceptar la repatriación»), que indujeron a estos sefardíes de Francia y Grecia a suplicar, incluso, el apoyo de la Santa Sede («se nos concedió en mayo y, posteriormente, se nos retiró»), hasta llegar en el mes de agosto a un tardío desbloqueo limitado de la situación, al autorizar la repatriación cuando ya los alemanes habían deportado a un grupo de 366 españoles de Salónica. Luego vendrían las gestiones ante las autoridades alemanas para su repatriación desde el campo de Bergen-Belsen. Hasta aquí la tesis tradicional se podría más o menos mantener.

(1) N.A.B., O.S.S. 20313, O.S.S. 16804, R&A 1590.

(2)M.A.E., R. 1102/36.

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