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Reportaje:Polémica en torno a la central nuclear vizcaína de Basordas/2

Amplia oposición al proyecto de Iberduero

La central nuclear que Iberduero, SA, construye en la bahía de Basordas significa en la práctica, según los datos manejados por la propia empresa, condenar a una inmensa mayoría de vizcaínos a residir entre los humos industriales de la margen izquierda del Nervión. Esa media Vizcaya rural y costera, todavía no polucionada y con bastantes disponibilidades de suelo urbanizable, quedaría inutilizada, al menos por espacio de unos cuarenta años, para canalizar el crecimiento demográfico de la provincia. La sombra de la central desertizaría (si no desde un punto de vista paisajístico, si en cuanto a su masiva utilización humana) la zona vizcaína de mayores recursos turísticos.

Si la Diputación calla ahora ante las obras de la central, una vez que ésta entre en funcionamiento se verá obligada a modificar todos sus esquemas urbanísticos, porque la propia legislación le impediría asentar a 150.000 personas a tan sólo seis kilómetros de Basordas, en la comarca Plencia-Gorliz. (Para el primero de estos municipios, Iberduero, SA, calcula para el año 2010 una población de solamente 10.531 habitantes.)

No sabemos tampoco cómo el Gran Bilbao podrá conjugar sus actuales declaraciones de que la margen izquierda es una zona saturada con esas previsiones de lberduero, SA, que calculan 468.000 habitantes para Portugalete, por poner sólo un ejemplo. Claro que para el año 2010 es probable que la tecnología pueda colocar junto al puente colgante todo un nuevo Manhatan, que a falta de suelo acoja a sus habitantes en colmenas de cuarenta o más pisos.

Pero los argumentos de orden demográfico no son los únicos que se han menejado en la lucha por una costa vasca no nuclear. A juicio de la comisión que se ha echado sobre sus espaldas el papel de David frente a Goliat, son tantas las irregularidades cometidas por Iberduero, SA, en el orden administrativo, que procedería una inmediata paralización de las obras.

El Colegio Oficial de Arquitectos Vasconavarro, señala que la central está edificada sobre terrenos calificados como rurales y de parque. Hace tan sólo unos meses, con las obras de fábrica en trance de ser terminadas, Iberduero, SA solicitó de la Comisión Provincial de Urbanismo el cambio de calificación.

Para ello utiliza básicamente dos argumentos. Dice por un lado que gran parte de la central está edificada sobre terrenos ganados al mar, carentes por tanta de calificación urbanística. Por lo que se refiere a la zona de parque, señala que no se produce un cambio cualitativo, ya que la zona de exclusión quedará ajardinada.

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Los arquitectos contra argumentan en el sentido de que la zona marítimo-terrestre está sujeta a la jurisdicción municipal y que debe aplicársele la misma calificación urbanística a los lugares colindantes, según jurisprudencia sentada por el Tribunal Supremo en 1967, precisamente en relación una central convencional construida por Iberduero, SA.

Por lo que respecta a la zona de parque, los arquitectos califican como de simples espejismos el hecho de que la zona de exclusión vaya a ser ajardinada, ya que su propia definición como franja de seguridad en torno a la central, la invalida para el uso público, que es el fin primordial de todo parque.

Acción pública de los arquitectos

Por todo ello, los arquitectos han decidido ejercitar la acción pública prevista en la ley del Suelo, para lo que han explicitado su postura en el expediente incoado por la Comisión Provincial de Urbanismo, declarando al propio tiempo que no existen razones de interés público que justifiquen tal cambio de calificación. Por otro lado, este cambio exige un acuerdo del Consejo de Ministros previo informe del Consejo de Estado, mecanismos establecidos por la Ley, para preservar los parques de la especulación por su especial incidencia en el bien público.

La ley de Zonas Verdes establece taxativamente que serán nulas de pleno derecho las obras realizadas sobre lugares que caigan bajo esta calificación, y que tanto el alcalde como el gobernador podrán decretar la inmediata suspensión de dichas obras.

Por si no bastase con todo lo apuntado, la Comisión de Defensa de una Costa Vasca no Nuclear, —de cuyas iniciativas participan no menos de sesenta entidades vizcaínas—, entiende que todas las obras realizadas hasta ahora son ilegales, por lo que reclama su inmediata paralización y derribo de lo ya construido.

El carácter de ilegalidad vendría dado fundamentalmente por el hecho de que Iberduero, SA ha llevado a cabo, en su opinión, obras de carácter definitivo —el edificio de contención del primer reactor se encuentra prácticamente terminado— con una simple autorización provisional, ya que el permiso definitivo de obra no ha sido concedido todavía, y ni siquiera fue solicitado a los Ayuntamientos de Munguia y Lemóniz, hasta el pasado mes de septiembre.

Si las obras se han llevado a cabo sin autorización —añade la comisión citada—, difícilmente se habrá podido ejercitar el control que una construcción de este tipo exige. A la vista de ello, la comisión está dispuesta a solicitar de la Agencia Internacional de Energía, que supervise las obras realizadas hasta ahora.

Al mismo tiempo se van a presentar sendos expedientes administrativos, contra los Ayuntamientos de Munguía y Lemóniz, por negligencia en la aplicación de las vigentes leyes urbanísticas. Si fuera preciso, la comisión está dispuesta también a seguir el procedimiento contencioso administrativo hasta los tribunales.

Por último, la paralización de las obras en el momento presente permitiría, con un reducido costo económico, su reconversión en una central térmica convencional. En todo caso al realizar obras definitivas al abrigo de un simple permiso provisional, Iberduero, SA asumió el riesgo de que la autorización definitiva no llegara a concederse. Y es eso, precisamente, lo que pretende la Comisión de Defensa de una Costa Vasca no Nuclear, basándose en razones legales y urbanísticas que en definitiva fueron dictadas para amparar al ciudadano de a pie frente a los grandes intereses económicos.

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