La jueza deniega el retorno cautelar a la junta de la SGAE a los editores de Warner, Emi y Peer
Los tres responsables fueron expulsados del gobierno de la entidad por otra sentencia que estableció que su presencia en ella violaba los estatutos
La titular del juzgado de Primera Instancia número 96 de Madrid ha denegado el retorno a la junta directiva de la SGAE de los tres representantes de editoras multinacionales cesados en diciembre de 2017. La medida había sido solicitada de forma cautelar hasta que se resuelva el procedimiento abierto contra esa decisión por las susodichas editoras: Ediciones Musicales Warner Bros S.A., Peer Music Española S.A.U. y EMI Song España S.L.. Ese procedimiento, según distintas fuentes, puede tardar años en llegar a una conclusión. Los representantes de las tres editoras fueron expulsados del máximo órgano de gobierno de la sociedad en cumplimiento de la sentencia dictada en octubre de 2017 por el juzgado de Primera instancia número 17 de Madrid.
Dicha resolución estableció que estas entidades, "amparándose en el texto de la norma estatutaria", han formado parte desde 2001 de su junta directiva (Emi desde 2007), vulnerando así la causa de "inelegibilidad" establecida en sus estatutos, que considera como tal haber estado durante dos mandatos consecutivos previos en el cargo. Aquel fallo declaró que los usuarios del repertorio no pueden estar representados en la junta directiva de la SGAE. El juez entendió que las editoriales —en este caso los principales sellos discográficos como Warner, Sony y Universal— no pueden ser clientes y negocio al mismo tiempo y que esta situación ilegal perjudica a los autores. "En la SGAE, el Consejo de Dirección dicta las normas de reparto. Y esto hace que los editores miren por sus intereses con los derechos de los autores", explicaba a la sazón a este diario la abogada Mónica Sevil, que está detrás de la denuncia impuesta por tres editores independientes: Ediciones Musicales Clipper’s, Busindre Producciones y Producciones Audiovisuales Rumor.
Por esta razón, en diciembre de 2017, la Junta Directiva cesó a Juan Ignacio Alonso de la entidad EMI Songs España S.L., Santiago Menéndez Pidal de Ediciones Warner Bross S.A. y Rafael Aguilar de Peer Music Española S.L. W. "Su forma de actuar, calificada por el juez de 'abuso de derecho y fraude de ley', consistió en presentar distintas sociedades mercantiles para poder permanecer en los órganos de gobierno durante más de dos mandatos consecutivos, incluso aun valiéndose de las mismas personas físicas como representantes. Así lograron permanecer algunos de ellos más de 25 años", defiende la SGAE en un comunicado en el que informa de la sentencia.
La jueza también desestima otro caballo de batalla de los editores cesados: pedían como medida cautelar también que se invalidaran todas las decisiones tomadas por la junta desde su expulsión. Es decir, medidas de cierto calado como el despido del director general, Luis Felipe Palacios, o la polémica reforma de los estatutos de la SGAE, que una junta muy dividida aprobó hace unas semanas. La jueza considera sin embargo que no hay razones para ello.
La sentencia supone un aval para el presidente de la SGAE, José Miguel Fernández Sastrón, y un revés para las tres editoras y para el frente crítico con el mandatario, al que pertenecen. Desde hace meses, cualquier decisión parte en dos a la entidad y supone una batalla que se pelea hasta el último voto. Los editores contaban con reingresar en la junta y hacer tambalear así la mayoría de apoyos con la que actualmente cuenta Sastrón. La sentencia de la jueza, sin embargo, refuerza el frente del presidente.
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